Hola amigos, les cuento el caso. Mi cliente es heredera, junto con 4 hermanos, del 50 % de la casa de sus padres - el padre todavía está vivo pero ese, no es su domicilio, está en una residencia- y, el caso es que, uno de esos hermanos le prohibe entrar a mi cliente. He pensado en una acción posesoria pero, parece enfocada a tomar posesión de algo que está poseyendo un NO heredero... agradecería una ayuda.
Poca información das sobre el tema. Es el domicilio habitual del que le prohibe el paso?. Disponen ambos de llaves de la vivienda?. Si aún vive el padre para qué quiere entrar en la misma?. Imagino que el otro 50% a que haces referencia ya lo tienen asignado por herencia materna, es asi?
Por un tema parecido, se me informó que dos herederos, uno queriendo "quedarse" con el piso heredado por ambos, intentaba negar entrada al hermano al piso heredado......Un heredero no puede negar la entrada a otro heredero , pues la ley indica que si ambos son herederos, ambos pueden disponer de su % heredado......Incluso si el heredero que se le prohibe la entrada en su parte heredada denuncia, el que prohibe la entrada puede verse en problemas por negar la entrada en un bien heredado a otro dueño......Asesoráte.
No es el domicilio habitual de nadie. Ambos disponían de llave - la mía, ahora, no porque se la quitó el hermano. Era una llave escondida en una maceta-. El padre, hasta hace unos días, vivía en una residencia. Ahora, el hermano que impide el paso, se lo llevó para casa - no la de litis-. Quiere entrar en la casa porque, el otro heredero, la está vaciando y llevándose alguna máquina agrícola que era de ella o de su novio. El 50 por ciento de la madre, lo tienen asignado en comunidad germánica. El caso es que - son cinco herederos - y, tres, entran y salen, vacían y saquean y, la mía, y otro hermano más, se quedaron sin llave. El padre está medio incapacitado mentalmente - no, legalmente-. Qué hago para que la dejen entrar a recoger sus cosas. Es más, es que le parece injusto que, uno disfrute de la casa plantando cositas y, a ella, no le dejen, cuando era lo que venía haciendo, hasta ahora desde hace tres años..... más ayudaa
Y si uno de los herederos vive en la vivienda? Y si cambia la cerradura? Y si se niega a vender uno de ellos,es verdad que hay que venderlo en subasta a la baja? Gracias.
Yo tengo un caso parecido. En mi caso, los herederos lo son del 100%. Pero la llave la tienen dos hermanas que no dejan que la otra acceda a nada. De hecho, han sacado mobiliario de la vivienda, etc, sin contar con mi clienta, y tampoco quieren darle llaves a mi clienta. Estoy esperando a firmar la aceptación para proceder al cambio de cerradura, informando a las otras partes de que se pone a su disposición copias de las nuevas llaves. Haré mal con ello???
Buenas noches, yo tengo un problema parecido. Somos 5 hermanos y tenemos un piso heredado de nuestros padres. El piso está registrado a nuestro nombre, pero solo tiene llave una hermana y no nos da copia. Mi pregunta: podemos los cuatro que estamos de acuerdo cambiar la cerradura y darle una llave firmando como que la ha recibido? No nos atrevemos por si nos denuncia, pero puede negarnos la entrada a una vivienda que es de los cinco. Gracias.
Se me ha olvidado decir que el piso tenía el usufructo de mi madre, pero falleció el año pasado. Lo tenemos puesto en venta, allí no vive nadie, así que cuando hay q enseñarlo a algún interesado hay que llamarla para que ella venga y abra la puerta. Gracias de nuevo.
Buenos días. Podría alguien aconsejarle como solucionar el problema? En este caso también se ha llevado nuestra hermana lo que le ha parecido de la vivienda y nosotros no tenemos ninguna llave. El piso está a nombre de los cinco hermanos en el Registro de la Propiedad. incluso tuvimos que reunirnos para firmar unos documentos y nos dijo que no nos daba la llave para hacerlo allí. Ella lo hizo por su cuenta. No se si en el caso de que cambiemos la cerradura,aunque le demos una copia de la llave, podría denunciarnos. Gracias de nuevo.
Si los cinco figuran en el registro
cambien la cerradura y envienle por carta certificada con acude una copia de la llave.
No les va a denucniar porque no tendria argumentos.
Una cosa, con respecto al derecho de usufructo, se tiene que hacer por escrito o por el contrario es un derecho implicito del residente habitual de la vivienda? Es que yo vivo solo en una casa que realmente no es solo mia sino que la herencia es compartida, pero temo que cuando muera mi madre mis hermanos me "toquen las narices" y no se si puedo argumentar el tema del usufructo.
saludos
Yo creo que el usufructo tiene que estar inscrito en el registro de la propiedad junto con los nombres de los propietarios. Cuando la persona usufructuaria muere este se extingue. Otra cosa es que justificar que es tu vivienda habitual te de algún derecho, pero no lo se, no soy experto. Un saludo.
En el caso de que el usufructo sea vitalicio se extinguirá por el simple hecho de morir el titular del usufructo.
En el caso de que se constituya por tiempo determinado, si antes de finalizar el periodo se produce la muerte del usufructuario no existe en principio ningún problema para que el usufructo continúe en sus herederos siempre y cuando el título que constituyó el mismo lo permita
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Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimento de la Ley de 26 de mayo último (Vigente hasta el 01 de Octubre de 2015).
La casa de mis padres heredada por cuatro hermanos en testamento otorgado, uno de los hermanos empezó a vivir la vivienda, pero por problemas de salud, su esposa lo echo de la casa, y dijo que lo cuidáramos nosotras, sus hermanas, tenía dos hijas menores, aunque mi hermano denunció a su señora, su salud le impidió seguir el curso de la denuncia, por tanto prescribió, y a los cinco años murió mi hermano de cancer; las hermanas esperamos a la mayoría de edad de las sobrinas y que estuvieran trabajando, una de ellas se casó y tiene su propio domicilio, la otra solo pernocta de vez en cuando trabaja a mucha distancia y vive con su pareja en el ayuntamiento donde trabaja, aunque dice que no se empadrona ene donde trabaja porque la casa esa es suya, es con quien tenemos el conflicto, solo le pertenece el 12,5% de la herencia, y la madre no tiene ningún titulo de la propiedad y es quien la habita, no dejando ni entrar al presidente de la comunidad ya que existen enormes problemas de los bajantes para valorar la situación, y que ha sido informado dicho problema a mi abogada y al juzgado conjuntamente con escrito del presidente de la comunidad de vecinos, ademas de no pagar ni la comunidad, ni basura, ni el ibi, ni siquiera la parte proporcional, hemos solicitado a través de nuestra abogada que pase a subasta pública la vivienda, nosotros el resto de los herederos tenemos el 87,5% de la herencia, llevamos así casi 10 años y aunque ya el procedimiento ha sido favorable a que se subaste, desde que lo autorizaron hasta hoy ha transcurrido casi un año y no hay contestación a nada que se le ha interpuesto, hemos pedido a la abogada ir a hablar con el juez y estamos pendiente porque nos dijo que ella lo haría, y ahora aunque nosotros nunca hemos accedido a la vivienda, ni su hija, porque lo tiene prohibido por su hermana, ha cambiado la cerradura de la vivienda, por favor que podríamos hacer, denunciarla a la policía por okupa, porque la mujer de mi hermano no tiene titulo alguno y ha estado conviviendo con hombres en la vivienda etc, el desarrollo de este escrito es tal como ha sucedido sin extenderme más por respeto a aquellos que me han de contestar, agradeciéndoles que resuelvan un poco mis dudas.
La mujer de tu hermano, tu cuñada, si tiene un derecho de uso sobre la vivienda. Como mínimo (salvo que el testamento se lo amplie) por la cuota legtal usufructuaria sobre el porcentaje de propiedad de tu hermano, al ser viuda del mismo.
Buenas noches somos 5 hermanos los padres están vivos, uno con problemas de mividad y otro con problemas mentales, ellos viven solos la madre se niega ha dejarse ayudar pues uno de los cinco hijos le tiene echo chantaje emocional. Donde viven ellos sólo tienen llaves dos los otros no las tenemos se niegan imposible visitar. Así mismo mi padre de herencia de mi buelo tiene una pequeña parcela con una casa, tienen llaves los dos, no podemos entrar ni a la finca, así mismo uno de los que tienen llave por su cuenta ha podado alboleda causando un daño irreparable. Se puede denunciar con un informe pericial adronomo donde se refleje la cuantía de los daños producidos como 2560 eu
Mi hermano y yo tenemos dos viviendas al 50% el se quedó con la casa que vale tres veces más y no me quiere dar llave ni quiere la que yo tengo del piso, nadie las tiene como vivienda habitual que puedo hacer dentro de la ley, gracias