Hola, mi padre falleció y dejó en testamento ami con la legítima 16%, a mi hermano con 51% y a la hermana de mi padre con un 33%. Antes de fallecer, mi padre firmó con mi tía un reconocimiento de deuda de 50.000€ (de ahí que mi padre la dejase en el testamento para salvaguardar ese pago, aunque no conste como concepto). Ahora mi tía nos reclama la deuda a mi hermano y ami siendo ella también heredera con un 33%. Mi hermano y yo entendemos que al ser heredera, también heredaría su propia deuda y habría que repartir la deuda según porcentaje de cada uno. No sabemos que hacer, necesitamos ayuda ya que ella recibiría el 33% de la venta de la casa más la deuda. Gracias
Están ustedes en lo correcto: su tía ha de pagar exactamente la misma proporción que reciba en herencia. De hecho, el cálculo de la masa hereditaria para su reparto ha de ser el pago de las deudas antes de ese acto, y después, lo que quede, repartirlo según está dispuesto. Pero sea antes o después, su tía ha de pagar 16.500 de deuda o, lo que es más exacto, ustedes le tienen que dar a ella 33.500 euros. De todas formas, habría que ver ese reconocimiento de deuda, en qué circunstancias se firmó y si se corresponde con una deuda verosímil o a qué vienen los 50.000.