Mi abuelo tiene demencia senil desde hace un par de años pero nunca precisamos nombrale un tutor legal. Ahora sin contar con ello nos hemos enterado de que es el único heredero de un sobrino suyo que acaba de fallecer. Mi pregunta es si está capacitado aunque tenga la enfermedad para realizar los trámites de la herencia (cuando renovó el dni le dijeron que con firmar con su huella digital era suficiente). Si no es así, ¿qué debemos hacer para nombrar el tutor?
Y otra pregunta, si por ejemplo quisieramos que renunciase a la herencia para que así se repartiese entre todos los primos del fallecido, que serían los siguientes herederos, ¿tendría capacidad para hacerlo, él o el tutor ? (esto es solo una suposición, es que los que si esperaban recibir la herencia están que se suben por las paredes)
Y ya la última, ¿podría yo que soy su nieta ser nombrada tutora o el juez preferirá nombrar a un hijo/a?
Si me podeis responder muchas gracias.
Tendréis q demandarlo y solicitar en la misma demanda q se le nombre tutor.
Creo q para renunciar algún dcho suyo, el tutor necesitará autorización judicial.
Acuda a un abogado. Saludos¡
1º.- Tiene que solicitar la incapacitación tu abuela (si vive y está capacitada), sus descendientes (hijos, nietos etc...) o hermanos.
2ºPodeis proponer persona para que lo represente
el Juez oira a tu abuelo, a los solicitantes y en todo caso solicitara informe medico para poder incapacitarlo, ademas oirá a la persona que se proponga para que lo represente.
3º.-La sentencia determinara las funciones del representante
4º.- por supuesto que será necesaria autorización judicial para que el representante pueda renunciar derechos de tu abuelo
5º.- el representante no podra recibir bienes a titulo gratuito, ni tranmitir o recibir por titulo oneroso bienes de tu abuelo.
6º En definitiva, esto solo son apuntes para aclararte un poco el panorama pero es un gran consejo el de ac37, acude a un abogado.