Hablamos de España, concretamente de la localidad de Castilla-León.
Pero mi duda persiste con respecto a las sobrinas. Aunque mi madre sea heredera universal, a estas sobrinas de esta señora, les corresponde algo??. Tengo entendido que hay derechos sobre la herencia por los descendientes aunque sean colaterales. ¿es así?
Como no tiene descendencia (y por la edad que tiene, ascendencia supongo que tampoco), puede dejarle la herencia en testamento a quien quiera, en este caso, su madre....
De todas formas, habría que ver de qué parte de España hablamos, pues en determinados derechos forales puede cambiar un poco (bienes troncales...).
Mi madre es viuda y desde hace 15 años cuida a una señora que ahora tiene 90 años.
Esta señora no tiene hijos, pero tiene sobrinos por parte suya, es decir, no de su marido que falleció hace muchos años.
El caso es que hace 15 días nombró a mi madre heredera universal de capital inmobiliario y mobiliario. El notario fue a casa de la señora y lo hicieron allí mismo.
Lo que ocurre es que nos ha surgido la duda de si ésto significa que mi madre es heredera de todo o ¿sus sobrinas también les corresponde algo? y de ser así, qué les correspondería??. Un dato más, no se lleva bien con ninguna y hace años que no las ve ni ellas llaman para saber cómo está su tía.