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heredera universal no quiere pagar legítima

9 Comentarios
 
23/05/2016 20:45
Decía que un jardín,más bién el código civil catalán es un zarzal..
Lo manejo por encima,lo justito para no perderme,pero entrar en detalle,no estoy capacitado,busque un abogado de la zona,es lo más sensato y seguro.
perfil adw
23/05/2016 20:36
Entonces,referente a la legítima de la vivienda, no veré nada hasta que ella cuando quiera venda( si es que vende) o fallezca?
O de algún modo me pagara antes?
23/05/2016 20:35
Que su pregunta se refiera al código civil catalán es algo que debería haber dicho en primer lugar, porque esa es precisamente la respuesta. Este es un foro nacional, donde participamos abogados de toda España; de ninguna manera nos podemos imaginar que por defecto estamos tratando de un código autonómico. Ustedes tienen sus propios foros en su propio idioma. Explíquese correctamente y acuda a ellos.
23/05/2016 20:27
Código civil catalán,especifica que cónyugue,pareja de hecho o conviviente estable están en igualdad.
perfil adw
23/05/2016 20:06
No estaban casados,además ella cobraba paga de viudedad de una relación anterior.
23/05/2016 19:28
Cataluña,es más complejo,cuarta viudal,ajuar,año de luto,compensación en el régimen de separación de bienes mas el usufructo vitalicio que la ley confiere a la viuda.
Si no hay acuerdo,un jardín.
perfil adw
23/05/2016 18:30
Gracias por la ayuda, aunque no estoy acostumbrado a estos términos y hay partes que no acabo de entender.
La comunidad, es Cataluña(donde la legítima es 1/4 parte)
En testamento,el fallecido deja como heredera universal a esta "madrastra" (a pesar de que no estaban casados)y ami su único hijo la legitima.

Ella,de alguna forma puede quedarse con todo sin yo tener acceso a legítima?
Si ella se queda en la vivienda de por vida,yo no tendré acceso a mi parte?
O si no dispone de fondos,debe vender la vivienda para darme mi parte?
(Otro de mis temores,es que venda la vivienda y guarde el dinero fuera del banco,para así declarar que no dispone de nada)
23/05/2016 17:28
Aparte de lo que le indica el Sr. Grisolía.
De qué comunidad autónoma hablamos?
Tenga presente que Cataluña,Navarra,Aragón y Pais Vasco tienen normas sucesorias propias,en Aragón,por ejemplo,la legítima es del 50%,pero como no se impone el reparto igualitario,con dejar a uno de ellos el collar del perro,cumplido.
23/05/2016 17:09
La heredera no tiene obligación de darle a usted nada, puesto que no es legatario sino legitimario. Si tiene pendencias con quien ha sido declarada heredera universal ha de hacerse con copia del testamento (que se la dan sin problemas) y en caso de no haber albaceas designados ni constar formalmente su desheredación, ha de presentar un procedimiento para la división judicial de herencia, en que reclame lo que le corresponda por ley, haya sido o no preterido/a en el testamento. Durante ese procedimiento se inventarían y tasan los bienes que componen la herencia, y se asigna a cada heredero lo que le corresponda. Una vez que tenga usted su adjudicación, y si ha pagado los impuestos, puede inscribir a su nombre y empezar con otras acciones como la disolución de condominio, respetando siempre el usufructo viudal. Todos los bienes se tasan a la fecha de muerte del causante. No llegará el momento en que pueda embargar a su madrastra la pensión de viudedad, a no ser que en el testamento se hubiese impuesto una carga económica evaluable. Empiece por el principio.
Heredera universal no quiere pagar legítima
perfil adw
23/05/2016 15:10
Si la heredera universal(que hereda la vivienda donde hasta ahora ha vivido con el fallecido), se niega a darme la parte que me corresponde como legitima(en este caso es un 10% de la vivienda) que debo hacer?
Si dice que no tiene dinero, debera vender la vivienda,o si no quiere vender deberá salir a subasta?
En caso de tasar un precio la vivienda,quien lo tasa?si costó ej 200000 puedo reclamar 10% de esa cantidad o un perito debe hacer una tasación actual?
Pueden embargarle además la paga de viudedad?