No.
Cuando fallece una persona si sabes que vas a ser llamado a heredar, puedes aceptar, renunciar o aceptar a favor de inventario.
Si aceptas sin preocuparte de averiguar lo que hay, y sólo son deudas, son para ti, si renuncias te quedas sin nada, en caso que haya algo, y si aceptas a favor de inventario, de los bienes se restan deudas y el resultado es lo que heredas.
Se deja de pagar una hipoteca por falta de medios, cuando el banco consiga el deshaucio y venda la casa, la diferencia hasta completar la deuda se supone que queda de deuda de por vida. Si el titular de esa deuda fallece, el hijo o hijos heredan esa deuda ?? no quedaría nada más para heredar, ni bienes ni nada, sólo esa deuda.
Los hijos están obligados a pagar esa deuda ?