Hola.
Por favor alguien me puede decir cuales son los tramites que debo de realizar para que mis padres en vida me pueda heredar su vivienda habitual y ponerla a nombre de los dos hijos.
Gracias
Ellos ya tienen el testamento echo por notatio.
La pregunta es que hay que hacer para que pongan en vida la escritura a nombre de los hijos, y así ahorrarse los herederos gastos de plusvalía y muchos mas, cuando algunos fallezcan
La herencia en vida no existe. Para que se abra la sucesión es necesario un muerto. Si usted mezcla cosas de los vivos con las de los muertos, se encontrará con que quizás haya otros planes para quien corte el hilo de la vida, y eso que da por supuesto (que los padres han de morir necesariamente antes de los hijos) puede que no sea así. Espere a que se muera alguien, y, si ese alguien no es usted, pregunte de nuevo en este foro.
Juan Carlos Grisolia, eso espero que no haya muerto usted, cuando de nuevo le yo haga esa pregunta.
Porque vaya respuesta tan desagradable e impertinente acaba de hacer.
Que Dios le bendiga!!!
Vd querra decir donacion en vida(no herencia que no existe como le han dicho, pues solo se hereda de un fallecido)
Depende la Comunidad de donde viva, por ej Canarias,Valencia etc. solo se abona por la Transmision Patrimonial (donacion) el 0,100%, o se casi nada.....
Qué le ocurre, canoa, piragua o como-se-llame? Le agradezco su impetración a Dios para que me bendiga, pero no tendrá su Perdón si se apropia de la vivienda habitual de sus padres, dándolos por muertos y a usted por heredera. Puede que le llame pronto a su lado por organizanta de lo que no es suyo. No me cite con mi nombre en ninguno de sus mensajes chatarriles, venales, sombríos, egoistas y llenos de faltas de ortografía, o le pido al Administrador del Foro su IP y se enterará de lo que es una contienda.
Juan Carlos no debes entrar en esta polemica de gente como esta......
pues yo le consteste:
Vd querra decir donacion en vida(no herencia que no existe como le han dicho, pues solo se hereda de un fallecido)
Depende la Comunidad de donde viva, por ej Canarias,Valencia etc. solo se abona por la Transmision Patrimonial (donacion) el 0,100%, o se casi nada.....
Pero a este señor no le interesa la respuesta busca camorra....