Si la viuda tiene la propiedad del 50% del piso, es que tambien consta en la hipoteca del mismo. Los Bancos no hipotecan "medio piso" o lo hipotecan entero o nada, y dicha deuda suele ser "solidaria". Es decir, independientemente de la situación de la herencia, el Banco puede exigir el reembolso del 100% del prestamo con garantia hipotecaria, a la viuda.
Deben echar cuentas despacio, a ver que es lo que le compensa a la viuda, ya que aunque renuncie a la herencia del otro 50% del piso, de la deuda no se libra. Tal vez podrían intentar una "dación en pago" con el Banco.
Lo lógico es que ante una situación patrimonial así renuncien todos: la mujer y los hijos. Una renuncia pura y simple a la herencia, otorgada ante notario. Si no lo hacen, hay varias administraciones (Agencia Tributaria, Ayuntamiento) que pueden dar la herencia como aceptada tácitamente. Una vez renunciada, la viuda tiene que evaluar su propia situación de morosidad y ver qué es lo que debe ella, a quien, y echar sus cuentas.
Heredar deudas,¿ se puede renunciar al usufructo universal si las hay?
Buenas tardes a todos
Un familiar falleció y posteriormente nos enteramos de que había muchas deudas a su nombre.
Varias hipotecas sobre un piso, que tiene también embargos de AEAT y otros.
Hay testamento, usufructo universal para la viuda (con separación de bienes), varios hijos como herederos.
Los hijos van a renunciar a la herencia por las deudas existentes.
La viuda tiene también la propiedad del 50% de ese piso (y por tanto de las deudas) y al morir el marido el usufructo del 50% de otro, también hipotecado
Preguntas:
¿Al renunciar los hijos todas las deudas pasan a la viuda?
¿Puede la viuda renunciar al usufructo y por tanto a las deudas?
¿Puede vender el piso para cubrir las hipotecas y embargos? de ser así, como?
Lo único que quiere ella es no deber nada a nadie, quedar limpia.
Agradezco de antemano cualquier respuesta amable que puedan darme, como comprenderan es un problemón