Sí, primero uno y luego otro, aunque se puede hacer en la misma notaría de forma más o menos paralela. Id a la que os coja más cerca y preguntad allí que os los explicarán todo.
El seguro es otro tema, no tiene nada que ver con las herencias, eso miradlo con la compañía aseguradora.
Mi padre falleció en el 85 y recientemente mi madre. Mi padre dejo el usufructo a mi madre por lo que no se hizo en su día (yo era menor de edad) reparto de testamento entre los hijos. Ahora al fallecer mi madre cuál es el procedimiento primero un testamento y luego el otro. MI padre nos dejó a parte de los hermanos como beneficiarios de un seguro. Eso lo cobraría mi madre como tutora nuestra? Gracias