Muy Señores Mios,gracias por su tiempo y labor para informarnos y asesorarnos sobre varios temas.tengo una familiar española de origen marroqui que tiene en su propiedad una casa aqui en España.es viuda y tiene 2 hijos.la pregunta es si un dia muere,su hermano tambien español de origen marroqui,tendra derecho a heredar o tener una parte de su bienes o no??en Marruecos ya le han dicho que no heredera nada teniendo ella hijos..por favor le sere muy agradecido si me den una explicacion de la Ley Española sobre este tema de herencia a un difunto.
Hola konnichiwa, aquí en España heredan los familiares directos , por tanto esos son los hijos, heredaría sú hermano en el caso que no hubiese hijos, quedando claro que sú familiar es española.
me pueden mandar por favor algun articulo de ley donde mencionan esto para asi estar tranquilos??ella no menciona a su hermano en ningun testamento y no quiere que el hereda algo sino solo sus 2 hijos.Gracias
1º Si hablamos de España, y en una zona donde se aplique el derecho común, si ella no quiere que herede su hermano, no hereda y punto. Y menos aún si tiene hijos.
2º Para que herede el hermano, necesariamente lo tiene que nombrar en el testamento si tiene hijos. Sí o Sí.
3º Aún en caso de que quisiera que el hermano heredase algo, al tener hijos, como mucho heredaría el 1/3 de todo, nunca más.
4º Si hablamos de España y de derecho común ( A todo esto, ¿Dónde vive o ha vivido la hermana los últimos años, en qué ciudad de España)?, se rige por el Código Civil, en mucho artículos... más o menos empieza por el 650 y acaba por el 1090.... eso así por encima...
Hola Isd2, ella vive en Granada desde unos 15 años y el tambien unos 18 años.Ella no lo nombrara en el testamento para nada ya que no se llevan bien.y otra cosa el es esteril no tiene hijos y tiene piso y 2 negocios,si el muere,su hermana le toca heredar algo de sus bienes o solo su mujer??Gracias por aclararme esto y por su precioso tiempo.
Se él no la nombra a ella, al tener esposa, ella tampoco heredará de su hermano. Si se divorcia, entonces lo natural sería hacer testamento dejándoselo a quien quiera.
Los hermanos no son herederos obligatorios entre sí. Sólo lo son si no se dice nada y el fallecido no tiene ni hijos o nietos, ni padres o abuelos, ni marido/esposa.
Don Isd2 gracias por su tiempo y aclaraciones..pues Señor me alegra que eres granadino.yo tambien vivo en la ciudad magica desde 22 años ya..si quieres puedes Ud mandarme su telefono y direccion de su despacho y asi en caso que algun paisano necesita abogado pues te lo llevare ok?dime por favor que temas llevaspor ej Extranjeria o mas cosas.Gracias
Código Civil
Artículo 838 No existiendo descendientes ni ascendientes el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de los dos tercios de la herencia.
Así que creo que la propiedad sería de la hermana.