El problema es que el testamento no es aplicable, al legar inmuebles que no existen de forma independiente.
No existe un piso, no existe un bajo, existe un inmueble formado por un bajo y un piso.
Y lo que heredan es un porcentaje del total, no heredan lo que no existe.
Y han cometido el error de alquilar y vender lo que no es suyo.
Doy por cerrado el tema, que es agotador repetir una y otra vez lo mismo.
En el testamento si dice para quien es el piso y para quien el bajo.
Los porcentajes se mencionan sobre todo para el reparto de gastos.
No dice. Lego el 59% a tal hijo, si no que dice. Lego el bajo a tal hijo que representa un 59% del total de la vivienda.
Si. Un lio muy mal hecho.
Gracias por sus comentarios.
"El propietario del bajo se niega a echar al inquilino entre otras cosas porque tiene un contrato en vigor.
Los otros dos propietarios pueden plantear un pleito?"
Pueden, igual que el propietario del bajo les puede plantear un pleito por haber vendido el piso primero.
Hay algo que parece que no entiende, nadie es dueño del bajo o del primero, todos son dueños de todo, al porcentaje del testamento.
Y han hecho las cosas muy mal, dos han vendido el piso que es de los tres, y el otro ha alquilado el bajo que es de los tres.
La escritura en la notaria esta hecha, firmada por los tres propietarios, los informes del Ayuntamiento son favorables para la segregación, pero al llegar al Registro esté tiene que pedir autorización a Costas para inscribirse y estos dicen que no inscriben porqué hay un comercio.
El propietario del bajo se niega a echar al inquilino entre otras cosas porque tiene un contrato en vigor.
Los otros dos propietarios pueden plantear un pleito?
El testamento no dice que hay que hacer esa división. Dice que es susceptible de está.
El problema es que el propietario del bajo lo tiene alquilado para 5 años y para segregar, Costas dice que no puede cambiarse de vivienda a comercio, cosa que se esta haciendo en muchas de las viviendas de esta zona con licencia del Ayuntamiento.
Así no lo inscribe.
El inquilino del bajo no quiere irse y el propietario no quiere echarlo. Si uno de los propietarios no quiere segregar, en este caso el del bajo, que tiene el 59%, ¿pueden los otros plantear un pleito judicial?.
Y que recorrido tendría el pleito?.
El problema es que sin división horizontal no se puede asignar un piso a uno y otro a otro, ni por supuesto vender uno de estos. No estáis obligados a hacerla si decidís de forma conjunta no hacerla, aunque no respetéis el testamento, pero de cara al registro de la propiedad y de cara a futuros compradores no sois propietarios cada uno de un piso, sino propietarios en proindiviso del conjunto, porque la propiedad está indivisa.
Tenéis un bonito fregado, aunque es difícil de opinar, teniendo en cuenta que lo que dices en la primera intervención no tiene nada que ver con la segunda. Veamos:
Hay una herencia de un inmueble sin división horizontal, NO habéis heredado dos de vosotros un piso y el tercero el otro piso, habéis heredado un condominio con participaciones de 20,5 20,5y 59%.
Dices que habéis hecho el na escritura de segregación, que no es correcta, ¿Quien la firmado?.
Dices que los dos teóricos herederos del primer piso han firmado un contrato de arras de venta.
Dices que el heredero teórico del bajo lo tiene alquilado (si en la segregación se le asignará el bajo, no habría problema).
Lo dicho, un carajal de cuidado, del que me temo que probablemente salgan más datos. Acudan a un experto, que analice con detalle la situación, que no parece fácil.
Buenos días.
La división horizontal, aunque el testamento menciona que es susceptible de hacer, en ningún parrafo dice que se deba de hacer.
Se ha escriturado ya la segregación pero al pasar por COSTAS, dado que esta afectada por la ley de costas(22/1988, de 28 de Julio) no inscribe al haber un comercio en la planta baja. Aunque dispone de licencia del Ayuntamiento en esta ley hace referencia al cambio de uso de vivienda a comercio, el comercio ocupa la parte delantera de la vivienda y se sigue utilizando como vivienda la parte de atrás, un 50% mas o menos.
El problema es que los herederos del primer piso quieren vender, ya han firmado y recibo un importante contrato de arras, pero el heredero del bajo ha alquilado el local para 5 años con un traspaso y aún quedan 4 años de contrato.
.¿Pueden judicialmente obligar al heredero del bajo a rescindir el contrato de alquiler para hacer la segregación?.
Muchas gracias por su atención.
Si el bien es divisible (como es este caso, salvo que haya algún impedimento urbanístico o legal, o si es el caso de un dinero por ejemplo, o un terreno de grandes dimensiones) estamos ante una situación ideal frente a un condominio, y hay que dividir.
Hay que estar al testamento si es esto lo que prevé.
Hemos heredado una casa que esta divida en dos. Un piso, con alta de luz y agua, y un bajo con las mismas circustancias con un terreno compartido indiviso.
En la herencia se especifica que el piso es para dos herederos y el bajo para otro.
En el testamento se menciona que la parte de los herederos del piso es de un 20,50% cada uno, 41% del total de la propiedad y la del bajo 59%.
¿Se puede negar alguno de ellos a segregar las viviendas?
Gracias