Towanda111,espero que tengas más suerte que yo,pero a mi que puedo tener muchos defectos pero ni la envidia ni el egoismo están entre ellos,solo me queda el consuelo que el tiempo ponga a cada uno en su sitio, yo no seré rico gracias a mi familia,pero por lo menos duermo tranquilo de no haber robado a mi propia familia, y encima soy feliz con mis hijos,cosa que mi hermano y mi madre no pueden decir,pues con los nietos, hijos de mi hermano, no ganan para disgustos.Suerte.
La verdad es que algunos hermanos... en fin. Espero mañana que nos diga algo concreto y fácil el abogado, si no... está claro que abandonaremos el intento de conseguir algo porque tendríamos que pedir un préstamo para luchar y los bancos no nos lo darían con la hipoteca etc. Lo peor no es que el hermano se quede con todo, lo peor es la sensación y la confirmación verbal del hermano de que la madre no quería a mi marido. Ha sido muy duro. Y que los hijos de mi marido no van a tener la herencia de su abuelo que se mató a trabajar para dejar mucho dinero. Lo peor también es que la persona que se va a casar con el hermano se lo va a llevar todo ya que no pueden tener hijos.
En fin...
Towanda111,por desgracia casos como el tuyo no es el único,a mi me ha pasado lo mismo, nocon la cuantia tuya ,mi "madre" en vida de mi padre se ha preocupado de que a mi hermano no le falte de nada,ha trabajado 4 0 5 años y posee (escriturados a su nombre) 2 pisos,local comercial y garaje aparte de todos los arreglos de los pisos y dinero que "mamá" le ha dado,pues el pobre lo necesita más que yo que como tengo un trabajo fijo puedo ahorrar por mi mismo......y lo más chistoso es que muerto mi padre quisieron ella y mi hermano hacer también el reparto de herencia intentando que no tocase nada hasta que ellos hubiesen hecho desaparecer el dinero.....mi problema es que no tengo el dinero suficiente para meterme en abogados y pleitos pues con mi nomina bastante con llegar a fin de mes,espero que me de el juzgado este mes lo que legalmente me corresponde y no quiero saber mas de ellos.
Gracias por las respuestas que me están dando. Vivimos en Andalucía (Sevilla) y mi suegra también vivió aquí, las propiedades también están aquí y el banco. No sabemos si la madre tenía más cuentas en otros bancos.
Mañana tenemos ya cita con un abogado amigo, pero no sabemos si lleva temas de herencias, quizás nos oriente hacia otro abogado que esté especializado. Si ustedes conocen a algún abogado que se dedique al tema de herencias ¡¡para gente deshereda!! aquí en esta ciudad, les agradecería que me indicaran a mi correo miscelanea111@gmail.com
Gracias
Si quiere ir preparando documentación para llevar a su abogado, dirijase al Registro de la Propiedad, y pida "Certificacion Literal", no Nota Simple, de cada una de las propiedades que en su dia pertenecieron a su suegra. Tienen Vds. el derecho de pedirlo, para determinar si procede ó no añadirlo a la herencia, y el Registro tiene la obligación de entregarselo.
En el Banco/s donde su suegra tuviera cta/s pida todas las posiciones actuales, y las canceladas. Que le den las fechas de cancelación. En las ctas. tienen que darle un año atras de movimientos. Algunos Bancos/Cajas dan 2 años en el acto, y alguno mas bajo petición (coste).Ahí podrá ver si hay transferencias, y a que cta/s.
En principio, y por lo que ha contado, tiene aspecto de que han vulnerado los derechos de su marido. Pero habría que saber de que Comunidad se está hablando, ya que hay derechos forales que si lo permiten.
Un saludo.
Para poder ayudarte, al menos desde el punto de vista teórico, es saber de qué parte de España estamos hablando.
Si fuese en una zona donde se aplica el Dº común, te recomiendo que leas los arts. 633, 636. 654 y 655 del código civil.
Lo que ponga la madre en el testamento es porque si no pusiera nada todas las donaciones habrían de ser colacionables, pero de esta manera, no. Pero no en cuanto que no vulnerasen la legítima. Si la vulnera, en tanto la legítima no se complete, sí lo serán. Eso sí, como le han dicho antes, con no más de 1/6 de todo lo que tenía la madre en vida (el tema del dinero va a ser más difícil de demostrar, pero se puede).
Como le han dicho antes, póngase en manos de un abogado, y que él, con toda la documentación, le oriente de una manera o de otra.
Lógicamente yo no pensaba quedarme simplemente con las respuestas que me dieran aquí. ¡Estaría bueno! Ya tengo cita con un abogado, pero intentaba respuestas inteligentes para ir preparada a la cita.
Un saludo
En un tema tan importante, pues gástese sus cuatro duros y acuda a un abogado especialista. Ese es el mejor consejo que se le puede dar.
Por lo que yo tengo entendido, la legítima hay que respetarla, las donaciones no colacionables no pueden superar la mejora o la libre disposición.
Es decir, si se tienen 120, hay dos hijos, a uno le toca 20, sí o sí (un medio de un tercio); si no se llega a 20, se puede reclamar la legítima estricta.
Un saludo
Buenas tardes, no soy especialista pero la única salvedad que me consta para poder establecer el carácter no colacionable de una donación es la que fija el derecho foral aragonés por lo que si su vecindad civil era ésta entiendo que cabría dicha posibilidad.
towanda, no soy abogado pero he estudiado algo de derecho y creo recordar que en derecho civil decia algo asi como que si una donacion no respetaba el derecho de legitima se podia declarar inoficiosa, espero que algun abogado le conteste pero no espere mucho pues yo he visto en este foro que llevo muchos años entrando que a preguntas tan importantes como estas no suelen contestar, y en cuanto al banco si pueden demostrar que en poco tiempo ha desaparecido el dinero algo podran sacar, desde luego yo cuando veo casos como estos me pongo de mala ostia pues no llego a entender como unos padres pueden hacer algo asi con un hijo
Hay una forma de desheredar a un hijo, por desgracia
Agradecería que alguien me comentara si es legal lo que ha hecho la madre (difunta ya) de mi marido, en vida y en el testamento.
En vida le ha dado (no sé si como compra-venta falsa, o como regalo) 3 pisos al otro hermano y 1 local. Además un cuarto piso como DONACIÓN.
La madre, en el momento de morir no tenía ya nada a su nombre salvo una cuenta corriente medio vacía.
En el testamento la madre pone que a mi marido le deja la estricta legítima (es decir 1/6 de lo que le queda en la cuenta corriente: NADA) y añade que: las donaciones que le hizo al otro hijo NO TENGAN CARACTER COLACIONABLE en su herencia.
¿Realmente una madre puede regalar o hacer como que vende a uno de los hijos tres pisos y otro piso como donación y no se puede hacer nada?
¿Cómo averiguar qué ha pasado con todo el dinero que la madre tenía en su banco (varios millones) y que ya no están? Cómo demostrar que el hermano autorizado en la cuenta de la madre ha ido sacando unos 30 millones de pts.?
A mi marido, con este testamento no le queda más que 1/6 de lo que hay en una cuenta bancaria, es decir nada. Y el hermano se queda con un patrimonio que podría oscilar entre los 200 y 300 millones pts. más lo que se ha quedado del banco.
Perdonad por tantas preguntas. Gracias de antemano por vuestra contestación.