Os pongo en situación:
fallece el padre y deja varias viviendas. Tiene un hijo y una viuda.
La viuda tiene el tercio de usufructo, pero... como se articla ese usufructo?
Lo digo porque si se asina un tercio del usufructo a ca da casa,está todo enmerdado,no?
mejor poner el 100% del usufructo a una vivienda y dejar las demás viviendas sin usufructo,no?
Efectivamente. Es como dices. El derecho de usufructo viudal sobre el tercio del patrimonio, lo coherente es asignarlo entero a un bien en concreto, dejando el resto en pleno dominio para los herederos. ¿sobre que bien? pues tiene que ser de común acuerdo, o.. por decisión judicial.
Correcto. Tiene el usufructo de 1/3 de la masa hereditaria. Lo lógico es disponer del 100% del usufructo de los bienes que constituyan 1/3 del valor, siempre que esto sea posible, que haya acuerdo con el hijo, y demás. En principio es lo que va en interés de ambos, también.
Estoy totalmente de acuerdo con Pedro_sala, el derecho de usufructo viudal es sobre el tercio del patrimonio, por lo que lo más sensato es asignarlo entero a un bien en concreto, y dejar el resto para los herederos con pleno dominio siempre que se esté de acuerdo entre ambas partes pero es lo más coherente desde luego.
Mi madre falleció y dejó heredero universal a mi hermano y legítima artes hijas el vive en casa de mi madre desde hace cuatro años que murió ahora se reparte la herencia hay testamento quiere que paguemos el IBI entre todos tenemos obligación o la pertenece a ella que vive en el piso
El IBI tiene que pagarlo el propietario. Por lo tanto, si todos participan en la propiedad del piso, tendrán que abonar el IBI en función del porcentaje de propiedad que tenga cada uno.