Hay cosas que no se pueden hacer tal cual: tus hijos tiene su legítima y esta no puede ser condicionada. Sobre la mejora (entre ellos) y sobre el tercio de libre disposición (a quien quieras) puedes hacer lo que te plazca, imponer condiciones o dejarlo a una asociación que cuide de un animal o lo que quieras. Pero la legítima no la puedes tocar.
Puedes nombrar albacea y lo que quieras, pero para la redacción simplemente ve a una notaría, ya está.
*No quiero que ni uno de mis bienes vaya a ser propiedad de mi padre ni de mi hermana ni su marido ni sus descendientes.
*Mi idea es que sea para mi hij@ en caso de que llegue a ser padre.
*También me gustaría que fuese para el cuidado de mis mascotas, si es posible con la nueva regulación como "seres sintientes", que creo que existe.
*Si no hay hij@s. Me gustaría que mi madre tuviese el usufructo vitalicio, sin que pueda vender bienes ni derechos de la masa hereditaria.
*En caso de no tener hij@s me gustaría que se vendiesen los bienes a valor de razonable, de mercado, sin fraudes en la venta a precios ridículos. Y que se repartiesen en pequeña renta mensual a diversas asociaciones protectoras de animales y otras de lucha contra enfermedades como el cáncer, etc.
Seguramente haría falta un albacea, mejor que fuese abogado.
No sé que retribución se suele poner.
¿Si no aceptase ser albacea lo haría el juzgado?