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Ha metido a su novio en mi piso

6 Comentarios
 
22/05/2012 21:55

Por si le sirve. Suerte.

USO DE LA VIVIENDA DE LA VIVIENDA FAMILIAR Y PENSIÓN COMPENSATORIA: DOS LIMITACIONES PARA REHACER LA VIDA DE LAS MUJERES DIVORCIADAS.


VIVIENDA FAMILIAR

Los señores políticos, en temas de problemas de pareja, venden la rapidez: expulsar, normalmente, al esposo y padre, del domicilio familiar. Bueno, viene en el Código Civil, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y hasta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ahora bien, nadie olvide que, salvo que la vivienda sea de madre, o de la familia de la madre, u otros casos, se puede considerar que esa vivienda familiar no es para rehacer la vida, es decir, vivir en la misma con otra persona, en plan de pareja. Y sobre este tema, esto es lo que los señores jueces de familia reflexionaron en las JORNADAS JUECES DE FAMILIA 1, 2 Y 3 DE MARZO 2011.

c) No existe obstáculo para la aprobación de cláusulas contractuales incluidas en el convenio regulador por las que se establezca la extinción del derecho de uso por la convivencia marital del titular del derecho con una tercera persona en el domicilio familiar.

d)
En caso de no haberse pactado en el convenio la extinción del derecho de uso por tal circunstancia, podrá solicitarse y obtenerse dicha medida a través del proceso de modificación de medidas, al considerar que la unidad familiar a cuyo favor se hizo la atribución del uso ha quedado sustancialmente alterada en su composición, dando lugar a una nueva unidad familiar, generándose una desafectación de la vivienda familiar respecto del uso inicialmente atribuido

PENSIÓN COMPENSATORIA

Ahora veamos el caso de las pensiones compensatorias, que con tanta alegría se exigen.
¿ Qué tal si se exigiera que se ponga en todas las sentencias y convenios ?. Porque se exigen con razonamientos, pero me temo que nadie quiere calibrar la limitación que “impone” para nuevas relaciones amorosas:

“Código Civil - Artículo 101.
El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.
El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”

Y es curioso, esa limitación amorosa, puede durar hasta después de la muerte del esposo. Hablando claro, las pensiones compensatorias van contra intereses económicos de esposos, pero también contra intereses económicos de los hijos, en este país que va a los SEIS MILLONES DE PARADOS, pero impone limitaciones “amorosas” a la mujer. ¿ Estamos todos informados, tanto hombres como mujeres ?.
Por supuesto, la vivienda familiar es, en muchos casos, la fonda del tío Pepe, y las pensiones compensatorias no están impidiendo relaciones amorosas, pero en fraude de ley. ¿ O no es así ?.
21/05/2012 08:53
Muchas gracias por vuestros comentarios. El tema está en que ella no tiene un trabajo fijo, cobra la ayuda de 400€, además creo que trabaja en negro ayudando en un tienda de una amiga, por lo que no sé si esto puede ser un impedimiento para el juez dictamine que se venda el piso o que él pague mi parte de la hipoteca..... Además tendría que demostrar de alguna manera que él vive en el piso y que además su vivienda está alquilada y le está sacando 600 € mensuales...... no sé si es demostrable de una manera fácil.....
20/05/2012 23:19
Buenas noches, desgraciadamente hasta ahora no se podía hacer nada, pero como bien dice lsd2, actualmente y por suerte las cosas están cambiando y suenan nuevos aires.
Sin entrar a valorar lo personal, considero que legalmente existiría lo que podría ser un enriquecimiento injusto por parte de la nueva pareja y por tanto de tu exmujer, ya que están obteniendo una renta de alquiler gracias a tener una vivienda que el juez atribuyó al hijo que tenéis ambos, y del que ella es el progenitor que tiene la custodia.
Bien, pues ya tenemos jurisprudencia en la que se considera inadmisible que un tercero viva en la vivienda.
Bravo, hay justicia!
Personalmente: no me lo pensaba dos veces.
Profesionalmente: tampoco, pues se desvirtúa el motivo por el cual se atribuyó la vivienda a la esposa.
saludos
20/05/2012 23:18
Según mi abogado, no hay nada que hacer... al menos en Cataluña.
¿Puedes dar alguna pista para localizar esa sentencia?...
Gracias
20/05/2012 23:11
En este mismo for hay una sentencia de la AP de Almeria bastabte ilustrativa al respecto. Sí se puede hacer algo, y sí se les puede echar de su casa.
20/05/2012 22:15
No se si te servirá de consuelo. La misma tarde que, en medidas provisionales, el juez me "echaba" de mi casa, el "novio" (y amante) de mi ex- plantaba sus maletas en "mi" armario y el trasero en "mi" cama.... Yo no`podia ver a mis hijos, de 15 y 10 años, mas que en las visitas establecidas y "el" podía estar con ellos todos los días.
El piso es totalmente mio y una hipoteca que pedimos para abrir un negocio (gestionado por ella) y de la cual somos titulares los dos, solo la pago yo, para evitar perder el piso.
No se puede hacer nada.....
El "amigo" estuvo viviendo en mi casa durante un año y medio hasta que ella se harto de el y lo echó con ayuda de la policia....
Ha metido a su novio en mi piso
20/05/2012 21:26
Hola, hace años que estoy separado de mi ex, ella tiene la custodia de mis dos hijas y el uso de la vivienda conyugal. La hipoteca la pagamos a medias. Ella lleva bastantes años con un chico, el cual recientemente ha puesto en alquiler su propio piso para irse a vivir al piso mio y de mi ex. La mitad de la hipoteca la pago yo. Le he propuesto que me compre mi parte del piso y no quiere. Me gustaría saber que opciones tengo pq considera que se está lucrando de esta situación . Muchas gracias