claro,claro.........de todos modos era puramente hipotetico, espero que durante mucho tiempo no tenemos que heredar de nadie, ni de mis hijos, ni de mi ex.......de verdad, no deseo la muerte a nadie.
pero es curioso como se aplica la ley.
Pero es que eso puede pasar al revés, es decir, se muere tu ex y heredan sus 3 hijos, si uno de tus hijos muere y no tiene descedencia, heredas tú de tu ex indirectamente y si se mueren los dos, tú tendrías una tercera parte de sus bienes.
pero por estadistica son las mujeres que viven mas tiempo por lo tanto........jejeje.
muchas casualidades tiene que haber.
y esto es una broma:
si el padrede un hijo se casa con la hija de una madre que a su vez se casa con el hijo del padre.....osea papa se convierte en hierno y suegro a la vez mama en suegra y nuera y......si tienen hijos?
papa y mama serian sus propios abuelos...os imaginais que lio????jijiji
no habra algun caso por alli??
Claro que es posible, si tus hijos no tienen descendientes ni ascendientes ni se casan, etc..., podría pasar, pero tampoco es tan fuerte porque son los hijos de tu ex son sus hermanos al fin y al cabo.
Pero es que podría pasar a tu ex, si tus hijos mueren después de ti y vive tu ex, pasa a su padre.
?pero entonces es posible que parte de la herencia que dejaria yo a mis hijos vaya a parar en las manos de los otros hijos de mi ex?
que fuerte!
teoricamente.....
Bianca, tus hijos y un medio hermano (entiendo que el hijo de su padre), tienen igual segundo grado.
En cuanto a la sucesión, no tienen exactamente los mismo derechos.
Artículo 949
Si concurrieren hermanos de padre y madre con medio hermanos, aquellos tomarán doble porción que éstos en la herencia.
Es decir, si uno de tus hijos muere y no tiene descendientes o ascendientes, tu otro hijo heredará el doble que el medio hermano.
Pero si muere su medio hermano (y no tiene otros herederos), tus dos hijos heredan por parte iguales:
Artículo 950
En el caso de no existir sino medio hermanos, unos por parte de padre y otros por la de la madre, heredarán todos por partes iguales, sin ninguna distinción de bienes.
Como se ha indicado más arriba, hay que llegar hasta el ascendiente comùn más cercano, si éste es el padre -o la madre-, el grado es segundo. igual que un hermano.
insisto:
mis dos hijos entre ellos tienen 2° grado, lo tengo entendido
?pero que grado tienen mis hijos con un medio hermano?
por ejemplo: un hermano deja una herencia......hereda un medio hermano lo mismo que un hermano??
yo me lo aprendí haciendolo en un papel.( como si hicieras un arbol genealogico) arriba: ascendiente comun- (conyuges)( abajo: hijos-( conyuges) mas abajo hijos de estos.y así sucesivamente.te pones a contar hacia arriba. un paso= un grado hasta que llegues al ascendiente comun y de ahí hacia abajo de nuevo hasta que llegues al pariente que buscas. probad es facil
Bianca nunca seran el mismo grado, ya que con el hermanastro no son consanguineos... Casio diferente con un medio hermano, es decir el hijo de tu papa pero no con tu mama...Ese no es hermanastro sino medio hermano..
Hola:
Esta claro el tema de la consanguinida y de la afinidad. No obstante, lo que vicenrico dejaba caer era el permiso para el marido de una hermana o la mujer de un hermano, que aunque les llamanos cuñados no tienen ningún parentesco salvo el poltico ya que son los conyuges de los parientes y no proceden de linea recta ni colateral. Por lo tanto el permiso salvo que el convenio colectivo lo establezca no procede por Ley.