El parentesco es el vínculo que liga unas personas con otras. Puede ser de consanguinidad, que sería el vínculo de sangre que une a las personas y el de afinidad, también denominado político, que sería el que liga a un esposo con los parientes de sangre del otro.
Dentro del parentesco de consanguinidad hay que distinguir lo que es la línea recta (ascendente o descendente) de lo que es la línea colateral
Línea recta. La proximidad del parentesco de consanguinidad se mide por grados, siendo un grado la distancia que hay entre dos personas engendradas una de otra. De una a otra hay una generación y por tanto cada generación es un grado. Así padre e hijo son parientes en primer grado. Abuelo y nieto hay dos grados, uno entre padre e hijo y otro entre padre y abuelo. Por lo tanto el grado de parentesco entre el nieto y el abuelo es el de segundo grado de consanguinidad en línea recta.
Línea colateral. Nos viene dada por aquellas personas que no descienden unas de otras, sino de un antepasado común (primos entre sí, siendo el antepasado común el abuelo). La medición o el grado de parentesco lo averiguamos de la siguiente manera. Ascendemos hasta llegar al más próximo antepasado común con la otra, y luego bajar por la línea recta descendente que une a este antepasado con la otra cuyo parentesco con la primera se mide. Por lo tanto dos hermanos son parientes en segundo grado de consanguinidad en línea colateral.
Según lo dicho ¿ cuál sería el parentesco entre dos primos hermanos y un tío y un sobrino?
Primos hermanos: ascendemos al antepasado común, que sería el abuelo de ambos y descendemos hasta el primo hermano, entonces tenemos que el grado de parentesco sería el de 4 grado de consanguinidad línea colateral.
Tío y sobrino: son parientes en tercer grado, pues subiendo, hay un grado del tío a su padre, que es el abuelo del sobrino, y bajando dos grados de abuelo a nieto, por lo tanto son parientes en tercer grado de consanguinidad en línea colateral.
¿Qué parentesco tienen dos hermanos? Subimos al padre y bajamos al hermano luego el parentesco sería de 2 grado de consanguinidad línea colateral.
El parentesco de afinidad también se mide por grados. En este parentesco el cónyuge se encuentra en el mismo grado de afinidad respecto de los parientes de sangre de su esposo, que éste de consanguinidad.
Por lo tanto ¿ qué parentesco de afinidad existe entre un hermano del esposo con respecto a la esposa?
Estaríamos ante el segundo grado de afinidad.
El tema del parentesco está más claro que el agua y lo que tiene vicenrico entre manos (me refiero al asunto del cuñaaaaaaaaaaaaaaaaaaoooooooooo) también.
Los problemas, o no, viene cuando se trata de parejas de hecho..........
Creo que se nos ha olvidado el parentesco mas conflictivo del momento, y lo digo por experiencia, que es el cuñaaaaaaaaaaooooooooooo....
Todos sabemos que el hermano de mi mujer es el cuñaaooooo de toda la vida, 2º grado por afinidad, pero yo tengo un juicio por un trabajador que pidio un permiso por hospitalizaciion del marido de su hermana, que por supuesto es tambien cuñaaaaaooooooo.... y la empresa lo niega.
Hola Mary:
La consanguinidad es un lazo entre familiares que tienen un ascendiente común cercano o que derivan unos de los otros quedando emparentados por la comunidad de sangre.
Los grados se pueden ver en línea recta o colateral. La linea recta es la serie de grados que unen a las personas que descienden unas de otras. A su vez puede ser ascendente o descendente.
Bisabuelo, abuelo, padre, hijo, nieto, biznieto.
Entre cada uno de ellos hay un grado. Es decir, entre el abuelo y el padre hay un grado ( primer grado de consanguidad) entre el abuelo y el hijo hay dos grados. (segundo grado de consanguinidad)
La línea colateral se constituye por la serie de grados entre personas que no descienden unos de otros, pero que proceden de un tronco común.
En este caso cada línea es un grado, pero hay que subir al tronco contando un grado más. Es decir, entre un sobrino y un tio hay tres grados, entre hermanos hay dos grados, así sucesivamente.
Es tercer grado. ¿sobre esto también quieres legislación y jurisprudencia?.
Respecto a la que pides sobre permisos, te aseguro que, con los matices para el caso de enfermedad y/o hospitalización, es clara y abrumadora, si insites en pedirla (aunque si encima se trata de un tio y si no exite mejora via convenio, imagino ya no hará falta) y nadie te la facilita antes, ya trataré de facilitarte alguna sentencia cuando pueda.
Mientras tanto, si te urge, puedes mirar en consultas anteriores en este mismo foro. El tema no es nuevo.
En fin, no sé si eres tú quien lo solicita o te lo están reclamando, pero, salvo mejora por convenio, si alguien pretende disfrutar de algún dia adicional por coincidir en festivo por muerte de un tio, lo tiene bastante mal (primero, porque el disfrute debe coincidir con el momento del hecho causante, sea festivo o hábil, y 2º porque es una circunstancia -muerte de familiar de 3er grado- que, en base al ET, no genera derecho a permiso retribuido).