¿alguien me podría indicar si la siguiente intervención policial es correcta? y si ¿ existe alguna norma para poder a disposición judicial los objetos en los siguientes casos, o no procedería?.
unos agentes de policía localizan a un chico el cual maneja una bicicleta, le preguntan sobre su procedencia y no da fianza de que sea suya, tampoco hay manera de poder localizar titular o establecimiento donde la haya comprado. el chico les manifiesta que es de un amigo y que si quieren se la queden, los agentes se la quitan al dudar de la procedencia de la bicicleta y he ahi la cuestión: es correcta la actuación? procede poner la bici a disposición judicial con un informe penal, o basta un parte interno, y en el caso de otrso objetos( radios, etc.. en los que se tienen dudas de su procedencia lícita?.. GRACIAS
yo creo que si no se tienen indicios suficientes para pensar de que proviene de un hecho delictivo es bastante desmesurada esa intervencion. el mismo codigo civil, indica que la posesion hay que presumir la buena fe, y el que no la considere habra que probarla, asi que si no hay motivos suficientes no se deberia intervenir. otra cosa en que la practica lo haga la policia.
gracias topi,, eso pienso yo tambien, si no hay normativa al respecto no se debe enviar al juzgado y el juzgado debería devolverlo no?.. en todo caso si lo intenvienen no debería remmitirse al juzgado y a lo mejor con un parte interno motivando el motivo del porque de la intervención de la bici, radio etc.. se podría manejar el tema de objetos hallados?.. gracias
¿Cómo se "da fianza" de que algo es de uno? ¿Mostrando la factura? Vale, ¿quién lleva encima todas las facturas de todos los objetos que se portan, ropa incluida? Nadie.
Si por casualidad el individuo requerido se niega a contestar cualquier pregunta que se le haga, cosa a la que tiene perfecto derecho, seguro que va a sugerir que todo lo que lleva es robado o producto de un origen ilícito. En tal caso, que no le pase nada.
No se puede ir remitiendo al juzgado todo aquello ajeno que en base a una mera y gratuita suposición (tiene mala pinta, es inmigrante, es una zona conflictiva, ..) sin aportar ningún indicio objetivo, pero como nadie dice nada muchos agentes creen proceder no ya correctamente, sino incluso con una escrupulosidad legal intachable.
Así se sobrecargan los juzgados y se marea a los ciudadanos.
Y aquí no pasa nada. Total el derecho civil a quién le importa. Si no se imparte en la academia no existe.
gracias por tu aportación kelseniano,.,. eso era lo que pensaba que si no hay elementos objetivos que digan que quien porta algo sin poder comprobar su licitud,...no se pueden intervenir.. podría hasta llegar a ser delictiva la actuación de los agentes.. en la academia de policía supongo que darán codigo civil.... en definitiva ante esa intervención,,, cual podría ser la actuación más adecuada.. tods sabemos que hay gente ( cacos) que lleva encima objetos ( radios, bicis, teles etc.. y a lo mejor acaban de sustraerlos.. en caso de no poder acreditar que tienen legítimo propietario.. no se deben de intervenir y que se los lleven? gracias...
Si no hay indicios racionales de delito, por mucho que crea el agente debería de no intervenir nada.
La normas penales y procesales plantean un campo de juego donde todos deberíamos respetarlas. Así, no se puede entrar en domicilio privado ajeno salvo con permiso del titular, orden judicial o caso de flagrante delito, y no valdría de nada que un policía
entrada en una casa para ver si hay algo delictivo teniendo la suerte, por ejemplo, de coger 1 kilo de droga. Esa prueba sería radicalmente nula por mucho que el delincuente quedara impune. Si se eso permitiera esto sería peor de lo que es (que ya es malo).
Además, la forma de actuar que comentamos podría aplicarse a cualquier persona, agentes incluidos. ¿Qué diría un policía si otro le pidiera la factura del reloj y de no llevarla se lo retuviera y lo remitiera al juzgado de guardia? ¿Le haría mucha gracia tener que perder el tiempo en recuperarlo?
P.D.: Conozco muy bien una academia policial y otras por referencias directas y en ninguna se imparte nada de derecho civil. De penal, justito, justito. De administrativo sobretodo la todopoderosa 1/92.
La enseñanza policial es una asignatura pendiente en este país, aunque el nivel exigido de ingreso en la base tampoco permitiría mucho más. Triste y penoso pero real, salvo excelentes excepciones.
Jo, y si luego resulta que es la bicicleta con la que Indurain ganó el Tour?
Creo, como ya he dicho otras veces, que el sentido común es fundamental, habrá que atenerse a las circunstancias de cada caso.
Si vemos al "subetuberías", conocido chorimangui, saliendo de una zona con numerosos hoteles, a las tantas de la madrugada, a 25 kms. de su domicilio, luciendo, orgulloso, un rolex de tropecientos mil euros en su muñeca...que hacemos Kelse? ah!!!!, claro, buenas ncoches, amigo "subetuberías", ya te vas a dormir? te llamamos un taxi? bueno, como tú quieras, hasta otra, amigo.
Porque el amigo "subetuberías" puede haber heredado el rolex, le puede haber tocado la primitiva o el cuponazo de la ONCE, por ejemplo, pobre hombre, porqué se le va a hacer ir al juzgado a buscar su rolex?
Estoy con Joé. Habrá que ver qué motivos han llevado a los agentes a pensar que esa bicicleta no es lícita. Si es del individuo que le lleva no tendrá ningún reparo en contestar a las preguntas que se le formulen y si no contesta se habrá hecho merecedor de la sospecha. Para mí, el hecho de que diga que es de un amigo y que se la pueden quedar los policías es suficiente para continuar preguntando, y si no sabe cómo se llama el amigo, que suele ser lo habitual, y que además no haya forma de localizarlo, le imputaría una apropiación indebida.
bueno parece que el tema trae algo de debate...entonces nadie se moja... es decir.. hay alguna normativa que ampara la actuación de los agentes? o simplemente si no existen indicios suficientes, objetivos etc.. no podrían intervenir y poner a disposición judicial los objetos .. con que base legal se actua..
Durante el juicio por los hechos del 11/3, declararon los guardia civiles que pararon en un control a dos de los que posteriormente atentaron en Madrid. Los agentes les encontraron género (ropa) nueva, con las etiquetas, de marca, en el maletero, no presentaban factura ni tiquet alguno de compra, no supieron decir de dónde la habían sacado, no había bolsas de los comercios..., el tribunal les preguntó sorprendido a los guardias que cómo después de todos esos detalles habían dejado continuar a los individuos. Creo que la respuesta no fue muy satisfactoria. Si se les hubiera imputado una falta o delito de apropiación indebida... No voy a decir que los atentados no hubieran sucedido, pero...
Hay que emplear la lógica y no tener miedo a preguntar, y no me refiero a que haya que llevar la factura de todo lo que llevamos encima, pero hay situaciones y circunstancias que hay que intentar aclarar. El ejemplo que ponía Joé del típico mangui que sabes que trapichea y que lo ves con un objeto que se sale del encuadre, o intentando vender unos relojes o móviles o..., pues no hay que tener miedo, preguntar y escribir, sin dejarse nada. Muchos ya directamente te dicen que se lo han encontrado, o se contradicen continuamente o que lo han comprado por dos duros a un desconocido y no hablamos de objetos que se tiran...
Para mí, basándome en argumentos como los que menciono, que son muy corrientes, es suficiente para imputar una apropiación indebida, si después resulta que no hay condena, mala suerte, eso ya no es cosa mía.
hola kapitan gracias por tu aportación.. tengo otra visión más amplia de la posibles posibilidades.. en tu opinión siempre se podría llevar por falta o delito de apropiación indebida no?..gracias ..
No siempre, sólo cuando haya las suficientes evidencias.
Por qué no nos aportas cuáles son esas posibles posibilidades que tú ves? No estaría de más que también ampliaras mis miras.
el caso está en que si efectivamente alguna persona "sospechosa" tiene en su poder algún objeto, es decir, bicicleta, radiocasette, etc.. y de ningún modo se puede comprobar objetivamente por lo menos en el momento, de que provienen de un hecho ilícito sea hurto, robo o apropiaciómn indebida, en ningún caso se le puede intervenir y poner a disposición judicial esos objetos sin base legal.. el tema de la aproppiación indebida en la práctica es casi imposible, entre otras cosas porque no dirá quien se las ha dado para comprobar si esa persona las echa en falta.. es un tema peliagudo y soy de los que pienso que si no existen indicios de ilícito penal no se deben retirar.. el problema es que a posteriori pueden denunciar la sustracción por ejemplo de la bicicleta que ese "sospechoso" llevaba y la policía no tener conocimiento ya que no existen registros de sustracción de bicis por ejemplo....
Tu criterio plpalma es muy respetable. En cuanto a los indicios, pues dependerá de lo que entienda cada uno por indicios. Si el individuo en cuestión, conocido por sus antecedentes, sin oficio ni beneficio, lo ves un día subido torpemente a una Specialiced o una Canondale de 3 ó 4 mil euros y cuando lo paras te dice que se la acaba de encontrar, ten por seguro que eso, es una apropiación indebida. Que luego lo condenen o no, como dije antes, eso ya es otra historia.
comprendo las dos posturas.aplicando la practica,a un mangui como decis vosotros si lleva esos objeto,la policia los intervendra porque l mas seguro que lo denunciara alguien,pero si no,que,no psara nada porque el magui no denunciara,pero como algun dia alguno denuncie,algun policia se echara las manos a la cabeza. si no son robadas realmente,sio que las ha encontrado, por la posesion contnuada por el tiempo puede llgar a adquirir la propedad, asi que no es todo esto tan facil.
Lo tengo que mirar en el Codigo Civil, pero creo recodar que una de las formas de adquirir la propiedad, era tambien cuando las cosas eran desconocidas o sin dueño, así que si se trata de bienes muebles creo que era un año, el tiempo en el que la posesion era continuada, y asi adquiriria la propiedad por usucapión.
Pues así era si no lo han cambiado, aunque creo que eran dos años, pero eso no quiere decir que se pueda quedar la bicicleta sin más. Hay que entregarla como un hallazgo y si realmente lo es pasado el plazo se retorna a la persona que lo encontró. No hacerlo de este modo entra de lleno en el C.P.
Bueno.. Finalmente si un agente de policía intercepta al típico chorizo que lleva por ejemplo un radiocasette y no se puede comprobar que esta denunciado por robo.. ¿No hay base legal para intervenirle el aparato y remitirlo al juzgado?.. Que se puede hacer?..Supongo que habrá que motivar la intervención de ese material...
Yo sé lo que yo haría, pero entiendo que mi parecer no tiene por qué ser el correcto.
Si es una radiocasette, lo primero hacer una inspección ocular porque el coche no estará lejos. Si no se localiza, es fácil que más tarde o más temprano salga una denuncia por la sustracción, por aquello de los daños y el seguro. Si lo dejas marchar olvídate de recuperarlo posteriormente.
Si el mangui es habitual yo no dejo que se lo lleve y si no le puedo imputar un hurto ni un robo porque no tengo vehículo, no será difícil que le pueda imputar una apropiación indebida, pero como digo, eso lo haría yo, no espero que tú, plpalma, lo hagas, así que puedes seguir dejándolo pasar por alto, nadie te dirá nada.
Cuando dices que habrá que motivar la intervención de ese material, no sé que más motivación quieres, le imputas un delito o una falta y ya la tienes motivada.