Buenas tardes a todos,
soy nueva en el tema este de la separacion y me ha pasado una cosa curiosa. mi expareja es el primer mes que me pasa pension por nuestro hijo de 5 años segun sentencia, y me sorprende que me dice que la natacion no se considera gasto extraordinario sino que entra dentro de la pension de alimentos, me gustaria saber si esto es así, ya que me constaba que los gastos extras van al 50 %, si me podeis echar una mano os lo agradezco
al tratrse de una actividad deportiva o de recreo, estamos ante un gasto extraordinario que debe abonarse al 50% por cada conyuge.
la pension alimenticia incluye, alimentacion, vestido educacion y asistencia medica.
son gastos extraordinarios los derivados de nefermedades o dolencias medicas que no esten cubiertas por la Seguridad Social (protesis, tratamientos dentales......), otros gastos como formacion educativa (clases particulares, actividades deportivas....)
Muchas gracias teresa, así lo tenia entendido yo, pero prece ser que la interpretacion no es la misma.
en caso que se niegue a hacer efectivo ese pago, que puedo hacer como puedo actuar?.
muchas gracias.
Hombre yo creo q los gastos extraordinarios se pagan por mitad pero si ambos padres estan deacuerdo en asumir ese gasto, si alguna de las partes no esta deacuerdo y no es algo necesario, si no tan solo un capricho, deberian hablarlo, no creen?
Totalmente de acuerdo con LOla9. Los gastos extraordinarios como las actividades de natación y otros que no sean médico, no se pueden imponer al padre no custodio. En eso teresa creo que no lo has aclarado. Claro que se abonarán al 50% si ámbos están de acuerdo en que se realice la actividad.
http://groups.msn.com/padresinhijos
Por supuesto que el padre conoce y está de acuerdo en la actividad, de hecho va a verle cuando le apetece.
pregunto otra vez. el padre conoce y está de acuerdo en esa actividad, simplemente alega que esta incluido en la pension de alimentos, como le puedo reclamar el pago de eso que conoce y comparte perfectamente?
Por supuesto que el padre conoce y está de acuerdo en la actividad, de hecho va a verle cuando le apetece.
pregunto otra vez. el padre conoce y está de acuerdo en esa actividad, simplemente alega que esta incluido en la pension de alimentos, como le puedo reclamar el pago de eso que conoce y comparte perfectamente?
Pregunta a tu abogado,no se que te ponen en sentencia.en mi caso el juez le dijo que tenia que pagar los gastos extraordinaros.En ello como es logico entra , medicos ,actividades,clases particulares etc.Y nada de la mitad,todo.Espero que te sirva.Un saludo
Ahi van los gastos extraordinarios que tengo que pagar el mes que viene, que junto con la pension, tengo la siguiente lista:
Pension 464
Gafas 25
Oculista 24
Viaje a Francia de intercambio 30
Gastos Parking 40
Total 583
Conclusion: El mes que viene no como
Y eso que yo tengo que pagar los gastos al 50%, imaginaros si el pobre hombre los tuviera que pagar al 100% y todo lo que se le ocurriera a su ex.
Un saludo.
Bueno ya que estamos, ahi van los mios del mes que viene (y no es coña, es real como la vida misma):
Sueldo neto: 1.560 euros.
Pension alimenticia: 690.
Hipoteca y comunidad: 560.
Coche: 120.
Gasoil coche desplazamiento trabajo: 150.
Impuesto de circulacion vehiculo: 120.
Sumen ustedes, y aun no he incluido la comida.
Y para mas inri encima tengo que soportar de mi ex, que el dinero que paso resulta poco.
Ah, tambien tengo que camuflar a hacienda que llevo separado casi un año, ya que si no en vez del 9% de retencion me aplicarian el 14%, es decir unos 50 euros menos. Según ellos y su ley al estar separado y estar "libre de cargas", gano más mensualmente... no te digo.
En fin, !ALGUIEN DA MAS!.
Un saludo.
Salva, tu balance me sale negativo en -60 sin añadir comida y vestido. Podríamos ponernos a pedir a la puerta de una Iglesia.
Yo tambien me he puesto al margen de la ley, he tenido que buscarme un trabajo complementario que me da para comer, y la vida sube y sube, y nuestras ex a vivir del cuento. Pónganse a trabajar señoras, que la vida es dura y eso de la liberación de la mujer, ya está pasado de moda.
creo que el debate lo he abierto yo y en ningun momento ponia gabinete psicologico para que lloreis vuestras penas.
he sido muy explicita en mi duda y pregunta y no creo que en ningun momento venga a cuento lo que estais contando en los ultimos mensajes. creo que el foro de lloros es otro.
Si veo algo en comun en las mujeres separadas, en general, es lo duras que son en sus respuestas, como Xena en este ultimo caso. Aqui cada uno da su respuesta y la opinion que cree conveniente: decir que "esto no es un foro de lloros" me parece de una maldad sin limites. Te estan haciendo ver, por si no te has dado cuenta, que evidentemente lo que tu dices es gasto extra, pero supongo que tu ex- esta harto de pagar y tambien necesita dinero propio para poder vivir. Las mujeres nos quedamos con todo (piso, hijos), a ellos les damos la patada, pero, eso si, que paguen lo que dictamine el juez y todo aquello que nosotras consideremos gasto extra. Si tu ex- no puede/quiere pagar, y tan importante te parecen a ti esas clases, pagalas tu misma. La ex-mujer de mi marido no le deja hablar con el niño por telefono, pero, eso si, luego no se corta ni un pelo para exigirle todo lo que a ella se le pase por la imaginacion. Ha llegado un punto que mi marido le ha dicho, que si no le deja hablar con su hijo, no paga gastos extra, que solo interesa su paternidad a la hora de pagar facturas.Mano de santo. No ha vuelto a exigir nada mas.
Querida Xena, si el foro de lloros es otro, el de dictadores tampoco es este.
Cada uno es libre de decir lo que quiera siempre y cuando no se insulte a nadie.
Tu has sido libre de formular una consulta, que a mucha gente le podra resultar de una u otra forma y no por ello nadie te la ha intentado censurar.
De igual forma te pido que seas tolerante con los comentarios que los demas podamos y queramos hacer, vengan o no vengan al caso, y no intentes imponer nada. Eso era de otros tiempos.
Seguro que a alguna persona le podra servir, no lo dudes.
Un saludo. Gracias.
Y como veis vosotros, que en mi separacion de acuerdo mutuo (por no querer jaleos, en una separacion que tampoco quiero) sea esto:
pension compesatoria 180 por 24 mensualidades
Custodia compartida, pero que las hijas viviran conmigo, ella planta baj yo planta alta. que todos los gasatos de la vivienda y de las hijas, sea o no sean extraordinarios sean para MI, TODOS, TODITOS, y encima que tena que pagarle a su abogado, De risa
Xena, no vayas a quedarte sin comer por pagar cosas de las cuales se puede prescindir (como las clases particulares, natación, peluquería - con algo de maña lo puedes hacer tú- etc.). Yo nunca llevé a mis hijos a la piscina (sin separarme, seguro que las pasé más canutas que tú, en mis tiempos) y han aprendido a nadar en el mar. Si queremos vivir por encima de nuestras posibilidades reales se presenta la factura llamada "estrecheces económicas". Suerte de todos modos.
Los gastos extraordinarios son la pescadilla que se muerde la cola, no conozco ninguna sentencia que los recoja por expreso en todo su contenido, viene a recoger lo que ha comentado Teresa, y reseña en terminos generales que los no contenidos, seran de caracter obligatorio como extraordinarios los no cubiertos por la seguridad social y dentista asi como gafas, viajes de estudios y cursos de especializacion que se salgan del plan de estudios, pero en cuanto al resto tienen que ser comentados entre ambos progenitores, porque sino se ponen de acuerdo en cuanto a la necesidad y uno de ellos no esta de acuerdo, decide el Juez, aunque dependiendo de la cuantia puede salir mas caro denunciarlo que la cuantia que se reclama.