Artículo 775 LECiv.. Modificación de las medidas definitivas.
1. El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o incapacitados y, en todo caso, los cónyuges podrán solicitan del tribunal la modificación de las medidas convenidas por los cónyuges o de las adoptadas en defecto de acuerdo, SIEMPRE QUE HAYAN VARIADO SUSTANCIALMENTE las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.
3. Las partes podrán solicitan, en la demanda o en la contestación, la modificación provisional de las medidas definitivas concedidas en un pleito anterior. Esta petición se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 773.
¿Sentar precedente?.¿Que la medre respete el hecho de el niño tiene un padre?.
No entiendo bien.
Como dice "abuelo", hay que respetar el convenio, que como Ud. afirma, dice que los gastos extraordinarios serán por mitad, y con consentimiento de ambos. Si no hay consentimiento, no se debería llevar a cabo ese gasto, ni aquí ni aunque estuvieran felizmente casados. Si el padre considera que ese gasto no es necesario, no tiene por qué pagarlo, y la madre debería correr con ese gasto. Cosa distinta es lo que Ud. planteaba, que al parecer, ese gasto extraordinario no es fruto de un "capricho", por decirlo de alguna manera, sino que es algo necesario, supongo que para la salud del menor (por lo de las pruebas a favor y en contra, aunque si nos dijera el tipo de gasto, seguramente alguien le podría contar su experiencia). Ahí si puede ir al Juzgado, pedir la ejecución de la sentencia, para que se cumpla lo establecido en el convenio. Como es una cuestión "abstracta" (no estamos hablando de las visitas o de la pensión fijada), será el juez quien decidirá si ese gasto es necesario o no, y si le da la razón, podrá reclamar la mitad.
En cuanto a la acumulación de solicitudes, tengo que comprobarlo. En principio creo que sí, pero prefiero ver la Ley, por si al tratarse de ejecución dice algo en contra.
Gracias, Abuelo. Pero entonces, ¿puede pedir la madre, al mismo tiempo, subida en la pensión y que se le pague ese gasto extra al cual el padre se niega? Muchas gracias y perdón si soy pesada.
Si el convenio de separación expesifica clara y contundentemente lo que tu misma dice respecto a los gastos extras es obvio decir que os tendreis que regir por dicho convenio y punto.
Lo primero que os dirian en un hipotético juicio cumplir con lo que esta escrito y firmado por el juez de turno, otra cosa seria que uno de ellos pidiera cambio en el convenio y que lo aceptara el juez entonces a partir de la nueva resolución escrita habria que atenerse.
Saludos
Gracias, Rus. No es cuestión del dinero, sino de que la madre respete el hecho de que el niño tiene un padre,y así sentar precedente. ¿Puede ser que, aprovechando la reclamación de un pago extra, la madre pueda presentar también una solicitud de modificación de medidas -pedir que se le pase una pensión más alta? ¿Puede pedirlo junto, o serían dos cosas distintas, con el consiguiente gasto doble? Muchas gracias.
Os planteo el siguiente dilema, amigos del foro:
una madre le dice a su ex que le de su aprobación para efectuar un gasto extra al padre; el padre hace sus consultas y considera que este gasto extra no es necesario (y aporta pruebas de ello). Aún así, la madre efectúa el pago del gasto extra. Si la madre (que también tiene sus propias pruebas de la conveniencia de dicho gasto) quisiera reclamarle al padre la mitad de este pago, ¿tendría que gastarse dinero en abogado para reclamarlo? Si el padre se negó, no dio su aprobación para efectuar dicho gasto, y lo hizo aportando pruebas de profesional que desaconsejaba ese gasto, ¿aún así sería posible que el juez le hiciera pagar? En el convenio especifica que los gastos extra se pagarán a medias entre los progenitores, recabando previamente la opinión y consentimiento del otro progenitor. Muchas gracias.