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Gastos de casa heredada

7 Comentarios
 
Gastos de casa heredada
02/12/2017 18:06
Cuando heredamos la casa mi hermano y yo quise dar de baja los suministros de luz, agua, gas pero el se los puso a su nombre para que yo no pudiera dar ls de baja. Ha estado muchos años pagando del fondo que habían dejado mis padres y al que yo no he tenido acceso, ahora me envía una carta un abogado y me dice que le tengo que pagar 3000 euros que es la mitad de lo que ha pagado desde que se termino el fondo.
Mi pregunta es si me los puede reclamar, yo estoy de acuerdo en pagar Ibi, seguro y comunidad, pero no los suministros aunque sean mínimos porque no hemos hecho uso de la casa ninguno de los dos y el es que se empeño en no darlos de baja.
Me puede llevar a juicio por eso?
Gracias
02/12/2017 19:33
Heredera1
Hola Heredera1, me temo que si puede y va a reclamártelos, porque al ser copropietarios de un bien inmueble en proindiviso y, por tanto, constituir una comunidad de bienes, el Código Civil os hace responsable, en proporción a los porcentajes que cada uno ostente sobre el bien, de los gastos, al disponer lo siguiente:

Artículo 392.: Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece pro indiviso a varias personas. A falta de contratos, o de disposiciones especiales, se regirá la comunidad por las prescripciones de este título.

Artículo 393: El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será
proporcional a sus respectivas cuotas. Se presumirán iguales, mientras no se pruebe lo contrario, las porciones correspondientes a los partícipes en la comunidad.

Artículo 395: Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. Sólo podrá eximirse de esta obligación el que renuncie a la parte que le pertenece en el dominio.

Por lo que tu eres responsable al igual que el de todos los gastos del inmueble al 50%, salvo que tengáis establecido otra cosa, siempre por escrito, como por ejemplo que ya que él no quería dar de baja determinados suministros, de estos respondería él por entero. No creo que esto último sea el caso, por lo que en mi opinión debes pagarle lo que te reclama, siempre previa comprobación de que las cantidades son correctas con las correspondientes facturas, y después tratar de hacerle ver que lo mejor es dar de bajas esos suministros ya que no se hace uso de la vivienda y os va a suponer un importante ahorro económico, o proponerle que los asuma él, que dudo que acepte.
02/12/2017 20:14
Heredera1
Gracias por la respuesta. Pero la luz, gas o teléfono son gastos de Conservación? El ibi, comunidad u otro tipo de impuestos lo tengo claro, pero por ejemplo el teléfono que lo dio de alta con Ono televisión a su nombre también me tengo que hacer cargo yo.
04/12/2017 09:49
Heredera1
Luz, agua o teléfono no son gastos de conservación sino gastos derivados del uso de la vivienda por lo que deberán ser asumidos por el que viva en ella.

Un saludo
04/12/2017 15:15
Heredera1
Ese es el problema que en la casa no vive nadie pero el no quiso darse de baja, y algunos suministros se los puso a su nombre y ahora pretende que le pague a mitad de los minimos de luz, agua, gas, telefono que ha ido abonando desde que se termino el fondo que nos dejaron mis padres, no se si se me puede llevar a juicio por eso. El ibi, seguro y comunidad si que estoy de acuerdo en pagarselo

Responderme por favor, gracias
14/12/2017 17:04
Heredera1
La vivienda no la usamos nadie pero mi hermano no queria darse de baja de los suministros de agua, luz y telefono y se los puso a su nombre para que yo no pudiera hacerlo.
Ahora me quire llevar a juicio por no pagar y dice que asciende a 3000 euros cada uno. Por favor responda ya que tengo que responder a su abogado, como les indicó
El ibi y la comunidad no me niego a pagar, pero la luz, gas, teléfono y agua al ser una casa deshabitada yo creo que no es mantenimiento de la casa.
Me podrían indicar cuanto vale aproximadamente una consulta en un abogado sobre este tema. Gracias
14/12/2017 18:24
Heredera1
Entiendo que cuando heredaron esa vivienda tenía ya contratados esos servicios. Su hermano, aprovechándose de su buena fe, ha actuado por la vía de hecho (afirma que se ha apoderado de un fondo que le dejaron sus padres y al que usted no ha tennido acceso, se ha puesto a su nombre los sumnistros y se niega a darlos de baja) y usted lo ha consentido. Ante la actitud de su hermano debió solicitar el auxilio judicial para intentar dar de baja esos servicios. Ahora las opciones son pocas. Lo primero es que conteste al abogado de su hermano solicitando que con carácter previo al abono de lo reclamado le rinda cuentas, con justificación documental, tanto de ese fondo común como de los gastos de la vivenda, y pídale explicaciónes sobre las razones que le han llevado al mantenimiento de esos suministros cuando usted desde el primer momento optó por darlos de baja. Si a su hermano le consta de forma fehaciente su decisión de dar de baja todos los suministros, podría negarse argumentado que él ha usado dicho inmueble en exclusiva, pero tendrá que valorar si quiere llegar a juicio por tal motivo.

Un saludo
15/02/2020 14:35
Heredera1
Quisiera saber que puedo hacer ante la situación de mi hermano con un 45 % de herencia y un hermanastro con un 10 % y ellos quisieran alquilar la casa y yo venderla. Podrían hacerlo? Podrían sumar sus partes?