Buenas noches, tengo una duda en la que intentare ser conciso.
Si un matrimonio en gananciales hizo en su momento un testamento (igual para ambos) en el que legaban unas propiedades a su hija y otras a su hijo, pero ahora uno de ellos ha decidido cambiar el testamento y una de las que dejaba para un hija se la ha puesto al hijo (legitimas estan cubiertas en ambos casos).
Que ocurre cuando fallezca uno de los miembros del matrimonio? Quiero decir si muere antes ella, la propiedad se la queda la hija y di muere antes él se lo queda el hijo? Y si muere antes la mujer que dejó el piso a la hija, el hijo tendría que impugnar el testamento para evitar aceptar la herencia?
Gracias por adelantado!
Quiero entender que las propiedades legadas son gananciales, en ese caso, cada uno de los causantes podra legar SU PARTE, pero no el total,
Osea, pongamos que en un primer testamento el marido , lega el piso X a su hija y el piso Z a su hijo, y la esposa, lega tambien el piso X a su hija y el piso Z a su hijo. Al morir ambos, el hijo tendria la propiedad del piso Z y la hija, la del piso X.
Pero posteriormente, por ejemplo el marido cambia el testamento y deja el piso X al hijo, en lugar de a la hija... bien, a la muerte de ambos, el piso X seria, la mitad del hijo (la parte del padre) y la mitad de la hija (la parte que le deja la madre) y el piso Z seria todo del hijo (ya que ambos, padre y madre, le han legado su parte)
Esto como ejercicio teorico, ya que dices que en ambos casos, las legitimas estan respetadas
perdon tu planteas que muera primero uno de los progenitores, pero bueno la respuesta es la misma, si muere el padre, la mitad del piso X seguira siendo de la madre (al ser un bien ganancial) y la otra mitad, pasara a ser del hijo (la parte que le ha dejado su padre)
Los testamentos son independientes, se pueden cambiar en cualquier momento, y en base a ellos se hereda únicamente las propiedades del causante (del que fallece). Si hay bienes gananciales antes de repartir la herencia se hace la disolución de los gananciales, y de cada progenitor se heredará únicamente su mitad de ese bien ganancial cuando este fallezca, y la otra mitad cuando fallezca el otro, que hasta entonces seguirá siendo suya, pero solo al 50%.
No habría motivo para impugnar ningún testamento, aquí, si se quiere se acepta o rechaza la herencia, pero de forma íntegra.
La verdad es que no acabo de ver cuál es el problema. Cada uno heredará la parte que le haya dejado cada uno de ellos, fallezcan en el orden en que fallezcan, eso aquí daría igual.
El problema viene de que la mujer dejo al marido la disposicion del tercio de libre. El marido considera que ya ha dado todo lo que su hija se merecia en vida (legitima, propiedades en pacto de mejora etc) y ese piso que su mujer lega a su hija el ha redactado algo asi como "que da el piso por entero en libre disposicion a sus nietos" asi que la pregunta seria si al morir su mujer la hija cogeria la mitad del piso igual y luego se le quitaría. Ya que segun tengo entendido gananciales no significa que cada conyuge tenga la mitad de cada piso sino del total, por lo que si la mujer ha dado en vida varias propiedades a su hija, él podría disponer del total de alguno de los pisos pese a estar en gananciales.
Es un follon y no se explicarme bien, espero que se entienda.
Gracias
En mucho resumen:
Hay un piso en que la mujer se lo lega a la hija y el marido lo lega a sus nietos por entero.
A esa hija ya la han mejorado en vida con anterioridad.
Si muere el marido antes y se lee el testamento se vera que lo lega a sus nietos por entero,
Pero que pasa si la mujer muere antes y al legarle el piso a su hija se aceptase la herencia (porque el hijo padre de los nietos quisiera recibir las propiedades que su madre le lega)? Significaria eso que cuando muera su abuelo, los nietos ya habrian renunciado a tener la totalidad del piso por haber aceptado antes el testamento que decia que ese piso era para la hija?
Bueno, primero vamos a ver los conceptos. Sociedad ganancial significa que todos los bienes comprados con dinero ganancial, constante el matrimonio son de dicha Sociedad. Como muy bien has dicho no es la mitad de cada propiedad, sino la mitad de todo.
¿Qué ocurre cuando falta uno de los cónyuges?. Pues que lo primero que hay que hacer es disolver la Sociedad Ganancial. Se asignará el 50% a cada uno. El conyuge que queda puede decidir como quiere esa disolución. Puede quedarse con inmuebles enteros, o puede quedarse con todo en proindiviso al 50%.
Supongamos que quiere quedarse con propiedades enteras. Ahora entra la segunda parte. Sobre los bienes que se hayan asignado al conyuge fallecido como pago de su 50% de la Sociedad Ganancial, es sobre la que se inicia la herencia. Y habrá que ir a las disposiciones testamentarias del fallecido. Una vez que se hayan asignado los bienes, según el testamento, ya no son, ni de la sociedad ganancial ni del conyuge que sobrevive, por lo cual, cuando falte el segundo, diga lo que diga su testamento, no puede dejar lo que no le pertenece. Máxime cuando era totalmente consciente de que no era suyo, ya que ha intervenido en los dos procesos, en la disolución de la sociedad ganancial, y en la adjudicación de herencia.
Así pues, eso de que el que ya ha recibido algo... después lo tiene que devolver.. olvidadlo.