Quiero vender mi casa más cara de lo que me costó, y comprar una por valor superior. He leído que para no tributar en IRPF tengo que invertir en otra vivienda habitual más cara o por ese valor.
Es lo que tengo pensado hacer, pero antes quiero comprar (para no quedarme en la calle) y luego vender mi piso.
¿Me beneficiaría igualmente de tributar por esa ganancia patrimonial si lo hago en ese orden?
Para beneficiarte de esa exención es necesario que ambas viviendas constituyan tu vivienda habitual. Si compras antes de vender, tienes un plazo máximo de un año para empezar a residir en la nueva vivienda y desde que empieces a residir en la nueva tienes un plazo máximo de dos años para vender la anterior.