Hola ,resido en UK ,y me he enterado esta semana que mi hermano ha usado mi DNI y no se si mi firma falsificada si ha sido requerida en 2014 al abrir testamento y ultimas voluntades de mi padre fallecido,ha tomado decisiones sin comunicarme,y no me quiere aclarar lo que se ha hecho.Yo en ningun momento le he dado a el mi DNI ni he firmado nada.Le pido explicaciones y no me contesta.La herencia era en usufructoi para mi madre,sabe alguien que si para eso era requerida mi firma y mi dni?porque ni he firmado ni les he dado mi dni.No se que tengo que hacer ya que vivo en Reino Unido,y poner una denuncia en Espana, seria un problema para mi ya que trabajo aqui,ademas no tengo recursos para abogados y necesitaria uno de oficio.Ustedes pueden asesorarme?muchas gracias,saludos
probablemente haya sido necesario el número de su dni (no es difícil saberlo), pero en rigor no sería necesaria su firma, para la liquidación del impuesto de sucesiones
cosa distinta es que no hayan presentado liquidación del impuesto de sucesiones, o que no hayan presentado la que tendría que presentar usted
en cualquier caso, si su madre vive y es la usufructuaria de todo, el problema es algo menor y no tiene que preocuparse usted en exceso
en lugar de pensar en demandar a su madre o a su hermano sin saber siquiera la causa de esa demanda, preocúpese usted de obtener copia del testamento, para saber qué le corresponde, y de saber si se ha presentado liquidación del impuesto de sucesiones de acuerdo con el testamento
no será fácil desde UK, pero no será difícil que alguien de su confianza lo haga en su nombre, enviando un poder notarial (pregunte en el consulado) y unos 70 euros para los pequeños gastos de obtener los certificados de defunción, de últimas voluntades, y la copia de ese testamento
hasta puede que sea suficiente si esa persona de su confianza le pregunta a su hermano o a su madre, porque, aunque cabe la posibilidad de que usted tenga motivos para no fiarse de su hermano, bien le irá si tiene a alguien de quien fiarse
¿Cuaderno particional?
Las herencias de 2014 sin escritura de aceptación a día de hoy, son un alto porcentaje
y más alto porcentaje en estas circunstancias en las que la viuda hereda el usufructo de todos los bienes (probablemente en Galicia), por lo que el interés en concretar los cupos es limitado, y todavía más si los bienes a heredar son gananciales y/o de difícil división, y los derechos hereditarios se concretan en porcentajes de participación en proindivisos
La única obligación es fiscal, y afecta al impuesto de sucesiones (6 meses) y al vulgalmente llamado de plusvalías (1 año) en la parte del suelo de naturaleza urbana. En el impuesto de sucesiones la declaración es individual, pero el expediente es único para toda la herencia, y puede presentarse por representación manifestada pero no acreditada, o, quién sabe, hasta puede no haberse presentado. El impuesto de plusvalías puede liquidarse conjunto para toda la herencia, no solo sin acreditar la representación de cada uno de los herederos, sino sin siquiera manifestar que se actúa por representación.
Espanolaeluk no ha vuelto a intervenir, y ella es la que más luz tiene sobre el tema, poca más por lo visto, aunque quizá no sea la más interesada porque, afortunadamente, hay mucha gente interesada en estos temas ... gente que suele leer aunque no escribe
Tu firma que es lo que preguntas es necesaria para la adjudicación de herencia ante notario, ya previamente se ha realizado un cuadreno particional con lo repartido a cada hermano, dicho cuaderno se presenta al notario para redactar la disposición de repartición de herencia. Si alguien ha firmado por ti no tiene porque ser un fraude , seria una presunta suplantación de personalidad y como resultado esas escrituras se pueden impujnar , y se deberia de denunciar al notario como complice de las actuaciones. El resto es paja y divagar por las nubes
hay que leer
lo tuyo es bla, bla, bla, en base a suposiciones infundadas
he respondido, entre otras cosas:
- en lugar de pensar en demandar a su madre o a su hermano sin saber siquiera la causa de esa demanda, preocúpese usted de obtener copia del testamento, para saber qué le corresponde, y de saber si se ha presentado liquidación del impuesto de sucesiones de acuerdo con el testamento
- no será fácil desde UK, pero no será difícil que alguien de su confianza lo haga en su nombre, enviando un poder notarial (pregunte en el consulado) y unos 70 euros para los pequeños gastos de obtener los certificados de defunción, de últimas voluntades, y la copia de ese testamento