he de recibir una donación de mi padre a mi de un inmueble
resulta que tendré un juicio por un aval, y puede sea condenado a pagar y si no me embargan,
hay una formula para que no puerda nadie ver mi propiedad a fin de no ser embargado
o si se puede hacerse de sociedad limitada
o otro truco, que me pudieran decir
Tripoli si no entendi mal:
el anterior propietario es su padre, por tanto no creo que lo done para evitar un embargo, eso seria alzamiento de bienes.....
Antoniomajo, al parecer me he explicado mal. Lo que digo es, que una vez llevada a cabo la donación, y el inmueble pase de padre a hijo, éste no inscriba el bien a su nombre en el Registro de la Propiedad, donde, y por ello, aparecerá como propietario su padre. El posible problema que indicaba en el otro post, se refiere a que, después de que el bien pase a ser propiedad del hijo, y dado que no se inscribe a su nombre, si por un casual el padre deviene deudor podrían embargar dicho bien, dado que en el Registro seguiría apareciendo a su nombre.