Si firmas algun papel sin leer, cosa que veo aun siendo de irresponsables se hace amenudo, y firmas un consentimiento para que te puedan vender un inmueble, ¿ pueden hacerlo sin que esta autorizacion sea notarial?
Sarasona: la donación de bienes inmuebles necesariamente ha de constar en Escritura Pública; la venta puede ser en documento privado, pero ha de existir precio real.
¿que quiere decir precio real? ¿que no vale el decir que me li ha dado en mano?
Leyendo en el codigo civil en el articulo Artículo 1279 pone que:
Si la ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra forma especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratant es podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiere intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez.
¿me podrian obligar a escriturarlo entonces?