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Firma Contrato de arras

1 Comentarios
 
11/08/2008 19:24
La firma la puede hacer otra persona siempre que lleve un poder notarial para ello; es decir, que la persona que no comparece le haya dado su representación, para obligarse en su nombre, a quien va a acudir en su lugar, y esa representación debe haberse dado ante notario.
Si la firma de este contrato de arras la van a hacer en escritura pública, ante Notario, será el propio Notario el que deba comprobar la capacidad que tiene la otra parte para contratar en nombre del vendedor.
¿Hay otros factores por los que Ud sospeche que le quieren engañar?
Firma contrato de arras
11/08/2008 17:05
Buenas tardes,

Desearía saber con la máxima urgencia posible:

Para la firma de un contrato de arras penitenciales para la compra de un piso ante notario,


¿Deben estar siempre las dos partes presentes (comprador y vendedor)?

Es decir ¿no es posible llevar a cabo la firma de estas arras sin estar las dos partes presentes?

En ningún caso, una inmobiliaria puede exigir al comprador la firma de las arras sin estar el vendedor del piso presente ¿verdad?

Estoy ante un posible caso de estafa por parte de una inmobiliaria...

Muchas gracias por su atención y ayuda.

Un saludo