Tengo un contrato de alquiler
El contrato es del 01/09/14 y se especifica que será de 1 año prorrogable por periodos anuales a voluntat de la arrendataria pero queda constancia en el párrafo siguiente que la duración del contratro será hasta el mes de junio por contrato laboral. A continuación se especifica que en caso que la arrendataria quiera RESCINDIR el contrato puede hacerlo, pero si no se quiere tener penalización debe hacerlo con 2 meses de antelación. Por RESCINDIR el contrato yo entiendo anularlo o revocarlo antes de tiempo, así que no veo la necesidad de tener que avisar con 2 meses de antelación, pues lo único que quiero es marcharme al terminar mi contrato, en junio como pone en el contrato.
Como he avisado el 2 de junio , me dicen que tengo que pagar julio tambien, aun diciendo en contrato que en el 30 de junio finaliza por motivos laborales
alguna ayuda?
Gracias.
Si su contrato es de un año ¿como es que acaba en junio y no el 31/08/15? Parece que contiene cláusulas contradictorias.
La ley obliga al cumplimiento de los 6 primeros meses pasados los cuales se puede rescindir el contrato solicitándolo con un mes de antelación y como indemnización se puede pactar una cuantía equivalente a un mes de renta por cada año que quede de contrato.