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Fin de contrato + baja IT + baja maternidad

7 Comentarios
 
Fin de contrato + baja it + baja maternidad
21/01/2009 14:10
Hola!

Mi consulta es relativa a baja por IT, baja por embarazo de riesgo (que no por riesgo

durante el embarazo) y baja por maternidad.

ME han ofrecido un empleo con un contrato de duración determinada (no sé de qué tipo,

probablemente eventual o de obra y servicio). Cuando termine este contrato estaré a mitad de

embarazo, sin derecho a cobrar prestación por desempleo.

Lo que planteo es si, en caso de que me dieran una baja unos días antes de finalizar el

contrato (lo cual es probable, por diversas circunstancias de mi embarazo), ¿qué ocurriría

al finalizar el contrato, teniendo en cuenta que no acumulo tiempo suficiente para la

prestación por desempleo? ¿Podría seguir cobrando por baja por IT? En caso afirmativo,

¿cobraría después la baja por maternidad? En caso negativo, ¿hay alguna diferencia a mi

favor si la baja es por embarazo de riesgo?

Os agradezco de antemano la atención y la respuesta. Es muy importante para mí, porque me

juego los únicos ingresos que tiene ahora mismo mi familia, y me planteo que quizá no me

interese aceptar este trabajo, y buscar otro. Y tengo que decidir de modo inminente.

Mil gracias!
22/01/2009 08:47
Por favor, me urge algo de información sobre esta consulta.

¿Alguien sabe algo?

Gracias
22/01/2009 10:01
¿tienes 180 dias cotizados dentro de los ultimos 5 años para cobrar una IT? ¿crees que con este planteamiento la empresa que te ha ofrecido el trabajo te va a contratar?

La baja por riesgo durante el embarazo aunque te la diera tu medico de cabecera he visto algunas que no las han reconocido en el INSS, es decir, no pienses que te la dan asi porque si, debe de haber un riesgo.
22/01/2009 10:54
Marilo:
Gracias por tu interés.
En primer lugar, tengo mucho más de 180 días cotizados, no hay problema.
En segundo lugar, evidentemente la empresa no conoce este planteamiento y, además, cumpliría la casi totalidad del contrato, accediendo a la baja cuando esté a punto de finalizar. No sé si no me expresé con claridad.
En tercer lugar, no me refería a un riesgo durante el embarazo, sino a un embarazo de riesgo que, si no me equivoco, es el médico quien certifica.
Añadiré que, en mi opinión, es lícito que cada cual tome las decisiones que le parezcan oportunas, siempre que no cometa fraude.
Saludos.
22/01/2009 10:56
Perdón, se me olvidó añadir que sigo impaciente por si alguien me puede aclarar algo.
Gracias.
22/01/2009 11:55
No era mi intención ofenderte, sólo quiero ser crítica con tu planteamiento para dar otra visión.

Sigo sin entender la diferencia del riesgo que planteas, es decir, una IT normal o un subsidio por riesgo durante el embarazo. No entiendo lo que quieres decir.

Perdona si te dolió, no era mi intención.
22/01/2009 22:33
Marilo:
No te preocupes, que no me ofendiste, puesto que no me conoces ni yo te conozco.
En cualquier caso, no deseo hacer perder a nadie el tiempo debatiendo sobre mi planteamiento.
Lo que esperaba eran respuestas orientativas acerca de mi situación.
Las agradeceré, puesto que aún he de tomar una decisión, y sigo ignorante en cuanto a lo planteado (el INSS ofrece información al respecto cuando tienes derecho a prestación por desempleo, no en caso contrario, que es el mío).
Gracias de antemano, si alguien puede responderme.
perfil SE6
29/01/2009 12:37
Hola! No sé si ya no miras el foro por no tener respuestas en días, pero por si acaso te puedo ayudar, ahí va mi aportación.
Mi situación ha sido parecida a la tuya; estaba trabajando y se me acababa el contrato en fechas en que ya podía solicitar una Baja Maternal Anticipada (ya que no tengo derecho a paro). Como al avanzar el embarazo las molestias son comunes: lumbalgia, cansancio por malas noches...etc; lo más práctico es contárselo al médico, con la idea clara de que si no te da Baja por Enfermedad Común, siempre puedes agarrarte a la Baja Maternal Anticipada si estás en las 10 semanas previas a la F.P.P.- De esta forma, aunque finalice el contrato, asume el INSS el pago directo de la IT, y ésta la vas prorrogando con la periodicidad que te marque el médico de cabecera, hasta la fecha de parto, en que ya tendrías derecho a solicitar Prestación por Maternidad si cumples los demás requisitos.
No te comento nada de la Baja por Riesgo en el embarazo, porque no conozco las diferencias.
Mucha suerte. Y disfruta del embarazo, que es muy emocionante.