Me refiero alegar nulidad de actuaciones por no haber notificado en debida forma el auto de sobreseimiento y solicitar la retroacción de las actuaciones al momento en que se dictó el auto para que se notifique conforme corresponde
Mi cliente presentó una denuncia ante la policía, remitiéndose el atestado al juzgado e incoándose diligencias previas.
Mi cliente no quiso personarse pero preguntaba ocasionalmente en el Juzgado como iba el tema.
Hace unos meses le dijeron en el Juzgado que se había dictado auto de sobreseimiento archivándose las diligencias previas.
Dado que la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que del auto de sobreseimiento debe ser notificado a las partes, AUNQUE NO ESTÉN PERSONADAS, ¿podría alegar nulidad del auto de sobreseimiento?