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falsas denuncias violencia genero

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
Falsas denuncias violencia genero
07/11/2011 13:46
Sé que muchos lo decimos y poco lo somos.
Acabo de salir de la cárcel después de pagar 9 años por falsas denuncias por violencia de género.
Pruebas, tengo muchas. Incluso el reconocimiento por escrito de la presunta víctima. Pero una vez condenado de nada me han servido. Todo lo contrario: mi falta de reconocimiento del delito ha provocado que me coma toda la condena a pulso. Sin salir de permiso.
A la víctima (no a mí, la verdadera, sino a la falsa, es decir la que la "Justicia" consideró víctima) no le guardo rencor. Pues toda mi ira va enfocada a esta falsa justicia que tenemos en este falso estado de derecho.
Pero ahora me pregunto: ¿Quién me va a pagar ahora a mí esos 9 años de mi vida perdidos por culpa de unos jueces que, considerándose Dioses, no cumplen con su deber siendo así los primeros en delinquir?
¿Qué puedo hacer?
¿Cómo seguir luchando para que algún día se reconozca mi inocencia?
¿Quién puede ayudarme?
09/11/2011 17:27
que triste pero que real ..asi funciona a mi entender la justicia en muchisimas mas ocasiones de las que queramos admitir ..no se que decirte ,considero que la violencia de genero es un arma de doble filo estoy convencida de que la mujer que realmente es maltratada no denuncia ..por un motivo ,la mujer maltratada se siente tan destruida psicologicamente que necesita mucho apoyo para denunciar y la que denuncia falsamente se siente fuerte para hacerlo con mucha convicion y cuando escucho que aumentan la muerte de mujeres a manos de hombres sin justificarlo bajo ningun concepto creo que es la propia ley de violencia de genero la que lo esta fomentando ..porque el hombre es tan machacado a nivel judicial ,economico etc de una manera tan injusta que no me extraña que llegue a esos limites y vuelvo a decir que no lo justifico ...lo que te puedo decir es que luches por demostrar tu inocencia y pedir que se te compensen esos años que perdiste ,un abrazo
09/11/2011 20:22
mariaermida, en primer lugar, gracias por tu comentario y apoyo.
Cuanta razón tienes cuando dices que es la propia ley de violencia de género la que está fomentando tantos y tantos crímenes de mujeres en manos de sus parejas. A este gobierno parece que lo único que le interese sea convertir esta sociedad nuestra en un verdadero campo de batalla entre hombres y mujeres.
"Tolerancia Cero", dicen. Pero la intolerancia sólo conlleva más intolerancia. Y con ello, más violencia.
Los que hemos estado es ese otro obscuro mundo que es la cárcel sabemos muy bien que casos reales, por desgracia, los hay. Y demasiados. Pero también sabemos muy bien que más del sesenta por ciento de las denuncias por violencia de género (y así lo confirmó María Sanahuja cuando era decana de los juzgados de Barcelona), son falsas. Reconocimiento de una realidad que le costó el puesto.
Y aquí hablamos sólo de las falsas denuncias que se detectan y no conllevan condena. ¿Y qué hay de las que, como la mía, no se detectan? ¿Cuál es el porcentaje real de falsas denuncias? Creo yo que estamos hablando de más de un ochenta por ciento. Hecho reconocido también por el Juez Serrano de Sevilla, valiéndole denuncias por parte de asociaciones feministas.
Por eso yo, teniéndolo tan claro como al parecer tú que eres mujer, a la persona que en falso me denunció, a pesar de todo, no le guardo rencor. Son esos jueces, la justicia la que no cumple con el deber que toda sociedad democrática, todo Estado de Derecho, debiera exigir: una investigación que demuestre que lo denunciado es cierto. Y de eso, somos todos culpables al no exigir responsabilidades al gobierno. Mi IRA, por supuesto, está enfocada hacía esa falsa justicia, esos falsos e irresponsables jueces, y hacía una parte de esta sociedad, obtusos ellos, que no quieren reconocer una realidad palpable. Les resulta más cómodo, y políticamente correcto, seguir ciegos.
En segundo lugar, si mi caso te interesa, he escrito un libro. Podrás enterarte un poquillo de qué va entrando en mi blog: mehasbajadolaluna.blogspot.com
Es totalmente gratis y sin ningún otro interés que el de dar a conocer mi caso que, ni mucho menos, es único.
Una vez más, gracias. Y gracias también por tener los ojos bien abiertos y no dejarte engañar.
10/11/2011 00:29
Josepcanet,

Acabo de leer tu hilo y tengo que decirte que lamento muchísimo que hayas perdido 9 años de tu vida por una denuncia falsa a causa de un tema que tanto dolor me causa.

Yo sufrí malos tratos y a día de hoy sigo viviendo con miedo. Cuando leo a personas como mariaermida que dice que las verdaderas víctimas no denunciamos es cierto.

Yo el pasado mes de septiembre fui insultada y casi agredida (se cerró la puerta del portal) estando mi hija pequeña, de 9 años, por su padre. Fue una situación tan horrorosa que os aseguro que te quedas en shock.

Todo el mundo me dijo que si lo había denunciado y no lo entienden.. :( No entienden que cuando vives eso sólo quieres meterte en tu casa porque es el único sitio donde te sientes segura (al menos yo) y eso que siempre cierro la puerta con llave y cadena.

Con esto quiero decir que la LIVG es una tomadura de pelo para todos, para los hombres y para las mujeres. Ni las víctimas tenemos seguridad ni medios ni gaitas ni los denunciados falsamente se libran de tamaña barbaridad tampoco y yo, sinceramente, ya no entiendo nada.

Me paso el día leyendo en este foro, en la zona de derecho de familia, que las mujeres con pedir lo tenemos todo. ¿Qué tengo yo? ¿Tengo seguridad? ¿la tiene mi hija? Hemos estado yendo a un punto de encuentro 7 años y ¿para qué? para que nos lo terminen quitando en base a un informe falso que viene a resumir que la relación entre todos es estupenda. ¿Os lo podeis creer? ¡Estupenda! Y os juro que de estupenda no tiene nada de nada.

Josep, de verdad, no sabes cuanto lo lamento. Se me parte el alma pensar que hay mujeres tan perversas capaces de denunciar lo que otras vivimos como un auténtico horror y que hay hombres que, como tú, pierden años de vida injustamente.

Josep, dices que no guardas ira hacia la falsa denunciante y yo me alegro por tí porque la ira alimenta la ira pero piensa el siguiente razonamiento como base para poder accionar: Si tienes pruebas de aquella falsa denuncia en su día, ¿por qué no la denuncias a ella por denunciar falsamente?

No sé, igual no se puede hacer pero, jo der, repito, si tienes pruebas en algún lado o de alguna forma se tendrían que poder aportar para que se valorara lo que ha pasado contigo y esa denuncia.

Espero que puedas rehacer tu vida y que no te cause más problemas de los que ya has tenido el hecho de haber pasado por prisión. Lo siento, de verdad :(

Mucho ánimo y espero que alguien te pueda dar tanmerecidas respuestas a tus preguntas.
10/11/2011 00:54
Hombre, no es que crea que mientas, pero hay muchas cosas de tu relato que no me cuadran....
10/11/2011 08:48
Respuesta a netsirena2
Gracias por tu comentario, netsirena2.
Tengo pruebas. Pero el problema con las pruebas, con las cartas incluso que después de condenado me mandó a la cárcel ella misma reconociendo mi inocencia, es que los jueces dijeron que estaba tocada del ala para reconocer tal cosa. ¿Y no lo estaba cuando denunció? Sería la pregunta a hacerse. ¿No?
De todas formas, estoy en ello. Me queda el Tribunal Constitucional y el Europeo de Estrasburgo.
10/11/2011 08:55
Respuesta Isd2:
Gracias a ti también Isd2.
Entiendo que hayan cosas que no te cuadren. A mi me pasa lo mismo: NADA ME CUADRA EN ESTA SOCIEDAD QUE CON ESTE TEMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO, SE A VUELTO LOCA.
Pero si no te cuadran es porque tu no lo has vivido desde dentro de la cárcel. Fuera os creéis unas cosas que os inculcan. Dentro te das cuenta del gran negocio que es el meter a tantos hombres, sin motivo ni razón, en prisión. Porque no os dejéis engañar una vez más: la cárcel de nada sirve. La reinserción es una mera utopía. La mayoría de los que salen, salen peor. Y es el negocio del siglo (y estoy hablando de dinero, sí).
De todas formas, Isd2, cuando quieras quedamos, nos tomamos un café y te aclaro lo que no entiendes.
Un saludo.
10/11/2011 09:47
No, si yo soy el primer crítico a la Ley de Violencia de Género...

Pero, por ejemplo, te pondré una de las cosas que no me cuadran:

-Ningún tipo penal modificado por la LIVG contempla la pena de 9 años... creo que la máxima es de 2..... cuando me respondas a eso, sigo con las críticas.....
10/11/2011 10:48
Respuesta a Isd2:
La máxima es de 3 años: actualmente el art. 173 del C.P. Antes era el art. 153 (por el que a mí me condenaron), también con máximo de 3 años.
Al pasar la violencia doméstica al Art. 173, el tiempo máximo del 153 bajó a 1 año. Dice el Art. 2 del C.P. que cuando una modificación beneficie al reo, a solicitud de éste y con carácter retroactivo, le será aplicada. A mí se me condenó, entre otros que luego verás, por el 153 y no se me aplicó tal deducción.
Si entiendes de leyes, cosa que no dudo, sabrás que en España (cosa bien distinta en otros países como Francia, por ejemplo), una misma acción puede comportar varios delitos. En Francia, si tu atracas un banco, vas armado con una pistola, retienes rehenes y te fugas con un coche robado, no te condenan por cada uno de los delitos que eso conlleva (atraco-tenencia armas-rehenes-robo vehículo). Te condenan tan sólo por el delito tipificado con la pena más alta.
En esta mierda de país te condenarían por todos y cada uno de ellos. De ahí cuando leemos que a alguien le han condenado a cientos de años. ¡Que absurdo!
Así, a mí, por pasarnos 2 días discutiendo sin ningún tipo de violencia por mi parte, se me juzgó por 7 delitos (los que ella quiso denunciar): violencia doméstica, lesiones (las que ella misma involuntariamente se provocó al intentar tirarme a mí por la escalera, injurias, amenazas, detención ilegal, etc...
Pude quitarme 3 en el juicio. Pero me condenaron por 4 que sumaban 8 años y 10 meses exactamente.
Como cosa curiosa, te puedo decir (pero ya debes saberlo) que el artículo 163 (el de detención ilegal) en su punto 2 dice que cuando una detención ilegal no pasa de 3 días, se aplicará la pena inferior en grado. Yo fui condenado, por ese delito que no cometí ya que en ningún momento estuvo ella ni atada ni encerrada (y además estábamos en nuestra propia casa) a 4 años y 8 meses. No se me aplicó la pena inferior en grado (que hubiesen sido 2 años y 8 meses) cuando en la sentencia, el juez se harta de decir que durante 2 días (y en mi casa 2 no son más de 3) no la dejé salir de casa.
Así pues, aunque yo hubiese cometido todos esos delitos (cosa que no fue así) hubiese tenido que acabar mi condena el 5 de junio de 2008. Y he salido el pasado 21 de octubre de este año 2011. ¿Porqué? Pues porque esos Dioses togados de negro escarabajo se pasan el código penal por la entre pierna. Mi sentencia no se ajusta a Ley.
Hay muchas más cosas que podría explicarte. Pero no tendríamos bastante con los miles de Gigas que el servidor de este foro tiene de memoria.
¿Comprendes ahora que sumar años es muy fácil en este país y que por no haber cometido el más mínimo delito puedan condenarte a decenas de ellos?
Ese café sigue en pie.
Un saludo.
10/11/2011 11:01
Más para Isd2:
Lo que voy a añadir, no me gusta en absoluto tener que hacerlo. Y Dios sabe que en ningún momento se me a pasado a mí por la cabeza ya que es una bestialidad. Pero como muy bien dice mariaermida (la primera entrada a este hilo) una bestialidad provocada por este gobierno y sus leyes.
Los muertos no hablan. Los muertos no pueden decir que los han retenido ilegalmente, que les han pegado una paliza, que los han amenazado y que los han matado después. Por una muerte los hay que han pagado menos que yo (lo sé porque he convivido con ellos). Por una muerte tan sólo te condenan por un delito. No pueden pedirte en juicio los 19 años que me pedían a mí.
¡Viva Zapatero y sus Leyes!
10/11/2011 11:22
UNA PEQUEÑA OBSERVACIÓN:
Mirad el encabezamiento de está misma página. ¿Veis que pone "Ayuda a mujeres maltratadas?
¿No echáis en falta un link que ponga "Ayda a hombres maltratados?
¡Con ésto está todo dicho!
10/11/2011 11:35
Otra cosa que te iba a comentar es que la LIVG no entró en vigor hasta 2004, y por lo que parece tú cometiste esos actos antes de esa fecha... por lo que no se te pudo juzgar según esa ley...

No dudo de tu palabra, ojo, simplemente digo que quizás no fue por la mal llamada "violencia machista" por lo que te condenaron......
10/11/2011 11:40
Y te recuerdo que cuando te condenaron y cuando cometiste esos hechos, fue con el anterior gobierno....

Y sobre lo de que una misma acción comporte varios delitos, te lo podría discutir, porque es así aquí y en Lima, pero para eso tendría que meterme a explicar la teoría del delito, los concursos de delitos, etc.... y es demasiado extenso y complejo.
10/11/2011 14:17
Para Isd2:
Efectivamente la LIVG entró en vigor en 2004 (12 de noviembre si no recuerdo mal). Pero si has leído bien lo que te explicaba, anteriormente el artículo 153 del Código Penal tipificaba la Violencia Doméstica. Que es lo mismo, ¿no? Y, como tu muy bien dices, yo fui denunciado y juzgado antes de esa fecha por unos delitos que, me crean o no (lo mismo me da) no cometí.
Si de lo que me estás hablando es del "concurso real de delito" cuando comentamos lo de varios delitos en una misma acción, como tu dices es largo de explicar y sé muy bien cómo va. Piensa que he tenido 9 años, allí dentro, para estudiar Derecho. Cosa que muchos abogados fuera no hacéis. Por lo menos todas las leyes que puedan tener algo que ver con casos como el mío, me las sé.
Pero volviendo a los varios delitos en un solo hecho, como me parece que estás bastante bien informado, convendrás conmigo en que aquí, en España, tan sólo se ha aplicado en algunos casos de desacato a agente de la Ley con agresión, Y esa es la única jurisprudencia que encontrarás.
En cuanto a que fue con el anterior gobierno, me parece que ahí tienes tu un lapsus memorándum.
O quizá lo tenga yo: es posible que tanto tiempo me haya afectado. Con lo cual, según tu, debo reclamar también por mi perdida de memoria?
10/11/2011 17:38
-No es lo mismo violencia en el ámbito doméstico que violencia de género. Hay una distancia considerable. Las presunciones se cambian, las penas también, los hechos considerados penables también.

-El actual presidente (que no el actual gobierno) entró en el poder tras las elecciones del 12 de Marzo e 2004. Si has pasado 9 años presos, los hechos y el juicio debieron de ser antes (2011-9 años=2002).

-Dime sobre qué quieres jurisprudencia, que te aporto lo que necesites. ¿Concurso real de delitos? Sin problema.

Por todo ello, más lo que dije anteriormente, es por lo que discrepo de tu mensaje, y por lo que hay algo que no me cuadra.

No digo que no hayas estado en prisión, y ni siquiera digo que no haya podido haber algún error por el que hayas penado más de lo que te correspondiese. Pero sí te digo que tus palabras no se sostienen sobre la base que le has dado, pues ni hubo denuncias dentro de un proceso por violencia de género, ni se te pudo aplicar esa ley, ni tiene nada que ver lo que has dicho sobre varios hechos con un solo delito en el extranjero (la actual doctrina en materia de Dº Penal seguida en España deriva en gran parte de doctrina Alemana, y en menor medida francesa), ni le puedes echar la culpa al gobierno actual (al que no defiendo ni un pelo, pero al César lo que es del César).
10/11/2011 18:13
Antes de la entrada en vigor de la LIVG, el art. en el que se encuadraba todo tipo de violencia ya sea doméstica como de género era el Art. 153 del C.P. Uno por los que a mí se me condenó. Las diferenciaciones vinieron luego, con la entrada en vigor de esa absurda Ley. Por lo tanto, no entiendo que considerable distancia dices que hay. Es más, como eres abogado, y eso ya lo estás dejando claro, sabrás muy bien que las penas no cambiaron: lo único que se hizo fue traspasar la pena máxima de 3 años que comportaba el mencionado Art. 153 al 173 y bajar el 153 a 1 año. Por lo tanto, para los que fuimos condenados antes de la entrada en vigor de esa LIVG, ninguna diferencia.
Te agradezco que, a tu criterio, me digas que no hubieron denuncias dentro de un proceso por violencia de género ya que así, mejor me lo pones: por violencia de género fui juzgado y condenado yo.
En cuanto a tu oferta de jurisprudencia, ¿para qué la quiero si sabes muy bien que aquí, en nuestro país (del cual me avergüenzo cada día más) no es vinculante y los jueces se la pasan por ahí.
Si me dijeses que tuve un petardo de abogado, te creería. Incluso la otra parte, la victima según los jueces, así me lo reconoció por escrito.
Y ya que eres abogado y sabes tanto, te ofrezco la mitad de la indemnización que se pueda sacar.
Mi caso está claro, hay cantidad de pruebas de mi inocencia, creo haber sido el más mal parado en todo el país por esa Ley, y cualquier abogado que se merezca ese título "debiere" saber tirarlo adelante, que se reconozca mi inocencia, y, con ello, lo que corresponda. Pero también los abogados quieren aparentar políticamente correctos, seguir ciegos con la cabeza bajo el ala, y tan sólo cobrar si hay dinero por adelantado.
Si me equivoco, estaría encantado de que uno de ellos me lo demostrase.
En cuanto a lo que dices de al Cesar lo que es del Cesar: mientras en este país haya una sola persona, ya sea hombre o mujer, encarcelada (como yo lo he estado 9 años) sin haber cometido el más mínimo delito, el Cesar el único derecho que tiene es la guillotina.
Un saludo estimado y suspicaz desmoralizante amigo.
10/11/2011 18:28
No, abogado no soy, me quedo en triste estudiante, aunque en este caso sé de lo que hablo. Y tampoco soy políticamente correcto, no es mi estilo.

Y te repito, cuando tú fuiste juzgado, el art. 153 CP no contemplaba la violencia de género, entre otras cosas, porque ese concepto aún no existía. De todas formas, si te cayeron 9 años, algo más habría, ya que como bien dices tú, el máximo por ese tipo son 3 años.

Por otro lado, antes decías que no había jurisprudencia, ahora que sí pero que no vale. La jurisprudencia, bien usada y expuesta, es bastante útil. Además de servirte para los casos de recurso, si fuere necesario hasta el TC.

Tampoco sé realmente por lo que te condenaron, cuelga aquí la sentencia si quieres, para que te puedan orientar con más precisión. Dices que no cometiste ningún delito, pero 9 años me parecen muchos para alguien que no cometiese nada (otra cosa es que cometieses un delito menor y se te magnificara la pena).

Tal vez tú consideres que no había delito en tus acciones, pero lo que consideremos los particulares a veces no coincide con lo que considera la ley.

Y digo todo esto desde el desconocimiento real de tu caso, no te llamo mentiroso, ni digo que lo que expongas en hechos objetivos no sea real. Aunque puede que los subjetivos sí.
10/11/2011 18:52
Más respuesta a mi abogado del Diablo Isd2:
En ningún momento he pensado que me estuvieses tratando de mentiroso: si así fuese, yo no hablo con quien no creo en él ni él en mí. Por lo que entiendo que si sigues contestando es porque, aun chocándote mi caso, me crees. ¿No?
Me acabas de aclarar muchas cosas: eres estudiante. Por lo tanto aún crees en los Reyes Magos y en Papa Noel. Cuando llegues al mundo real te darás cuenta que de nada te ha servido lo aprendido.
Por otro lado me da la impresión de que no prestas atención a lo que se te explica. Repito: me cayeron 9 años porque me sumaron 4 delitos por unos hechos que ni yo ni nadie en su sano juicio puede considerar delictivos.
Cuando yo fui juzgado el art. 153 consideraba, en uno de sus puntos, que cuando existiese una relación de pareja entre las personas se consideraba exactamente como hoy en día, después de la LIVG, lo considera el Art. 173.
Te explicaré más:
Realmente yo entro en prisión por incumplimiento de una orden de alejamiento no notificada. Por lo tanto, inexistente. Los hechos por los que se me juzgó después habían sido denunciados 2 meses antes no considerando la juez (mujer claro) que fuesen motivo de encarcelamiento.
En el momento de mi ingreso en la cárcel, lo que antes no era motivo de encarcelamiento pasó a serlo.
Se cumplieron los 2 años de mi prisión preventiva sin que existiese prorroga. Y no salí en libertad condicional (o cómo le quieras llamar, a ver si ahora también me vas a poner peros por cuestiones semánticas). Soy Record Guinness mundial de Habeas Corpus. Interpuse 123. Los jueces le reconocieron al Sr. Director de la cárcel de Ponent (Lérida) en la que estaba (y ésto dicho por ese mismo director) que yo tenía razón. Pero que, como Pilatos, se lavaban las manos porque ellos no me habían condenado. Cuando tu sabes muy bien que de un Habeas Corpus debe responder el juez de guardia del lugar donde te encuentras.
Podría seguir así toda la noche. Pero dejemos que otros participen y colaboren.
Y ya que lo tienes tan claro, yo estoy dispuesto a esperar que acabes tu carrera para que me defiendas... Je Je...
10/11/2011 19:43
Gracias por lo de los reyes magos, pero pese a ser estudiante de Dº, ya peino canas (pocas por ahora, cuestión de genética supongo). También se puede estudiar derecho a partir de los 25, o los 30, o los 40, incluso a los 60.... Y también se puede hacer una segunda carrera o estudios...

Si lo dices porque me crees un bisoño, lamento decepcionarte. Llevo en el "mundo real" una temporada ya... incluso puede que lo suficiente para saber cómo fuciona.

Leo bastante bien, me enorgullezco de ello. Y leí perfectamente lo de los 4 delitos. Sin ver las sentencias y los casos concretos, la relación de hechos, creo que no puedo valorarlos en su plenitud. Pero si te encontraron culpable de los 4 delitos, algo debió de haber, supongo. No los 4, pero puede que alguno sí.

No serás la primera persona inocente en la cárcel. Esas cosas existen (fallos judiciales), aunque de manera residual (gracias a Dios). Creo que "puedes" haber sido un fallo del sistema (porque nada es imposible), y por eso te doy el beneplácito de la duda (puede que tuvieras una mala defensa), pero me parece muy improbable que una persona totalmente inocente sea encontrada culpable de 4 delitos, penada a 9 años, y se los coma enteritos. Y todo ello sin hacer nada.

Por otro lado, espero que me entiendas tú: la LIVG no modificó las penas que dices (aunque sí lo hizo, aumentó el mínimo, si no recuerdo mal), pero sí muchas cosas alrededor de los actos, como los procedimientos policiales, las presunciones de inocencia, se invirtió de facto el cargo de la prueba, y el encontrar como delito actuaciones que antes eran consideradas como falta, entre otras cosas (tutela de los hijos comunes, patria potestad, etc...).

Tampoco es cierto eso que dices del 173 de ahora y el antiguo 153. El actual 153.1 es el que contempla lesiones en el ámbito de pareja, y el 153.2 el que contempla lesiones en el ámbito familiar, remitiéndose al 173.2 para concretar qué personas entran ahí.

Sobre lo de la detención ilegal: se supone que es menor en grado siempre que no se haya logrado el objetivo, si se logró, no existiría esa reducción.

También hay que tener en cuenta que tus actos se debieron juzgar por la legislación vigente a la comisión de los hechos, por lo que la LIVG a tí poco o nada debió afectarte en los hechos desencadenantes.

Como dije antes, te podría intentar explicar el porqué de muchas cosas, rebatiéndotelas, pero ni es posible sin ver los hechos que fueron, ni es el fín de este foro, ni tengo ganas de enzarzarme en una discusión. Simplemente te dije y confirmo que algo no me cuadra de tu explicación, y lo mantengo (sin descartar el hecho de una fallo enorme de la Admin. de Justicia), y he intentado discrepar con los puntos oscuros de tu explicación, pues a veces, los hechos explicados por el condenado no son todo lo objetivos que debieran...
10/11/2011 20:05
Tienes razón: a veces los hechos explicados por el condenado no son todo lo objetivos que debieran. Pero cuando ese condenado a tenido 9 años para reflexionar y a tenido que hacerlo para escribir un libro...
El problema, creo yo, de tu incredulidad, como muy bien tu mismo reconoces, es el desconocimiento real de los hechos concretos y de la sentencia. Cosa que por aquí es prácticamente imposible de precisar.
En cuanto a que si me condenaron por todos los delitos, esto no es así ya que me juzgaron por 7 y me condenaron por 4. ¿Cómo iban a absolverme?
Lo del artículo 163 y el logro del objetivo: ¿qué ocurre cuando no ha habido objetivo porque tampoco ha habido detención?
¿Cómo se demuestra que algo no ha ocurrido?
Es sencillamente imposible. A pesar de que todos los testigos, incluso los de la parte contraria menos, evidentemente, su madre que nada presenció jamás, declararon eso: que ellos nunca habían visto lo alegado por la parte que los citaba a testificar.
¿Cómo lo ves?
Te diré más: el psicólogo del equipo de tratamiento del módulo especifico en el que estaba me creía (según él, claro). Todo el mundo me creía. Pero nadie podía hacer nada, evidentemente. Aquí en este país más papista que el Papa, nos rasgamos las vestiduras y nos ponemos las pilas y en movimiento cuando en otros países se cometen injusticias o cuando algún ciudadano español es condenado injustamente en otro país. Pero queremos ignorar lo que ocurre en el nuestro.
SOMOS TODOS UNOS COBARDES.
De todas formas, si eres de Barcelona o Cataluña, encantado te enseñaría lo que tu consideres importante a nivel de documentos. Y esto tan sólo para que no sigas dudando.
Sé que el mío, como muchos otros, es un caso perdido. Entonces, ¿qué interés tendría yo en mentir?
Lo del café sigue en pie.
Y disculpa por lo de los Reyes Magos y Papa Noel: pero es tan doloroso que la gente quiera seguir con los ojos (en tu caso) semi cerrados.