Fallece un señor. Deja un testamento dende especifica " cláusula única. Por el presente revoca todo testamento anterior
Al pedir las últimas voluntades, pone (Testamento Abierto) ¿Que significa testamiento abierto? Algún experto me lo puede explicar?
Recordar que el fallecido no tiene bienes.
¿Sus hijos están obligados igualmente a hacer la declaración de herederos a falta de no tener nada que heredar??
Muchas gracias de antemano
El testamento abierto es el convencional que se otorga ante notario, y que hace casi todo el mundo. Se llama "abierto" porque está dictado o escrito a presencia del notario y en su caso de los testigos; o escrito por este último a requerimiento de aquél, a diferencia del cerrado, en que se entrega un sobre al notario sin que se sepa el contenido. El último testamento siempre revoca a todos los anteriores por ley, pero es una cláusula esta que suele incluirse también en los testamento abiertos. Los herederos que tienen testamento no necesitan hacer declaratoria, puesto que su título de herederos es el propio testamento. En las circunstancias que usted plantea, lo lógico es hacer una escritura de renuncia a la herencia por parte de los herederos, porque si no, se puede entender como aceptada por Hacienda, y eso es desatar la furia de todos los elementos. Asimismo, los bancos o empresas de recobros empezarán a hostigar con deudas ignotas de 123 euros de telefonía, o el Ayuntamiento con cualquier cosa. Que renuncien ante notario a la herencia, y que sigan con sus vidas,