La aceptación a beneficio de inventario, significa que el límite de deudas por el que va a responder el heredero será el del activo heredado; pero de nada te sirve no reconocer las mismas, pues cuando sean reclamadas, si se demuestran veraces, se cobrarán hasta el límite del activo heredado.
en el caso expuesto de las deudas.
se puede alegar el desconociminto de las misma asi como el de otros bienes, y aceptar a beneficio de inventario la parte del piso a nombre del fallecido solamente ?