Buenas tardes,
Hace unos meses falleció mi abuela. La herencia comprende un inmueble que pasó a ser heredado por sus dos hijos (mi madre y mi tío). Ambos firmaron un contrato privado de compra-venta con un comprador muy interesado que previamente tendría que vender su piso para obtener el total pactado.
Con el fin de dar tiempo al comprador para vender su vivienda y obtener la suma pactada y, al mismo tiempo, asegurar la venta, el contrato estableció un plazo de compra de seis meses más una señal de 6.000 euros. El plazo sería prorrogable a otros seis meses (y otros 6.000 euros de fianza) para realizar la compra efectiva del inmueble.
El mes pasado falleció de forma repentina mi tío (uno de los firmantes del contrato) y hace unos días el comprador ha apalabrado la venta de su piso por lo que quiere formalizar la compra-venta antes del 31 de diciembre de 2014 y si es posible, acceder a la vivienda para comenzar las obras de rehabilitación.
Mi consulta es: ¿se puede seguir adelante con la venta o es necesario que los herederos de mi tío (esposa y un hijo mayor de edad) formalicen su situación de herederos? Si es así, ¿es conveniente permitirle el acceso a la vivienda para su readecuación?
Muchas gracias