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Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria conjunta

2 Comentarios
 
Fallecimiento de un titular de cuenta bancaria conjunta
16/02/2025 16:33
Quisiera solucionar una duda. Si una persona, titular principal de una cuenta bancaria, comparte titularidad con sus 3 hijos, y ésta persona fallece, una vez se comunica al banco el fallecimiento del titular principal, ¿los otros 3 titulares que son sus hijos y herederos únicos pueden disponer de la totalidad del saldo sin problemas?, o bien ¿el banco bloquea la parte proporcional del fallecido un tiempo?
16/02/2025 17:20
jagom60
Cuando el titular principal de una cuenta bancaria se muere, y esa cuenta la comparte con sus tres hijos, la cosa depende de cómo esté hecha la cuenta. Si la cuenta es mancomunada, o sea, que todos tienen acceso a todo, los hijos pueden seguir usando el dinero sin problemas. El banco no se mete, porque la cuenta es de todos y punto. No hay que dar más explicaciones.

Si la cuenta es solidaria, que cada uno puede hacer lo que quiera con el dinero, pues igual. Los hijos siguen teniendo acceso a todo, y el banco no les pone pegas. Solo piden el certificado de defunción y listo.

Pero ojo, si la cuenta está hecha con porcentajes, ahí la cosa cambia. El banco puede bloquear la parte del fallecido hasta que se arregle lo de la herencia. Los hijos podrán usar su parte, pero la del padre o madre quedará congelada hasta que se resuelva el papeleo.

El banco, cuando se entera del fallecimiento, suele congelar la cuenta un tiempo. No es por fastidiar, es por seguridad. Piden el certificado de defunción, el testamento si hay, o la declaración de herederos si no lo hay. Y cuando lo tienen todo claro, te dejan seguir.

Los hijos, como son los únicos herederos, no tendrán problemas para sacar el dinero si la cuenta es mancomunada o solidaria. Si es con porcentajes, habrá que esperar un poco. Lo mejor es hablar con el banco, llevar los papeles que pidan.
16/02/2025 20:43
jagom60
y... ¿para que habeis comunicado al Banco del fallecimiento?. Le habeis dado al Banco un poder que no tiene. No hay ninguna ley que obligue a comunicar el fallecimiento de un titular bancario.
Nuestro consejo: abrid otra cuenta en otro Banco, traspasad el 100% del saldo y cancelad la cuenta antigua.