Una vez pasados los 15 días de preaviso, el trabajador ya no va a trabajar. Se le pagan los días de vacaciones pendientes y durante esos días el contrato sigue activo, cotización incluída.
Disculpad, que reflote el hilo, pero si el trabajador pide la baja voluntaria con 15 días de antelación y no disfruta de sus vacaciones ¿no se le deben abonar sino, prorrogar el contrato los días que le correspondan? Siempre había oído lo contrario.
Tienes la opción de solicitar la excedencia voluntaria si tienes más de un año de antigüedad en la empresa, en vez de solicitar la baja voluntaria, así te tienen que liquidar las vacaciones devengadas y no disfrutadas al hacerte el finiquito independientemente del plazo de preaviso.
Eso es cambiarlas por dinero,en ese caso hay que aguantar el contrato hasta fin de vacaciones,si en el finiquito consta vacaciónes pendientes,el contrato vence a fin de estas.
O se las dan antes de vencer el contrato o se prorroga este el tiempo necesario.
En su caso,no hay segunda opción,disfrutarlas antes de irse,el sustituirlas por metálico está prohibido taxativamente.