hola a todos;
Me gustaría saber las posibilidades de extinguir un arrendamiento rústico sobre unas tierras de mi propiedad. El contrato era por 5 años, y se cumple el 31/12/2004.
Me interesa mucho vender las tierras. ¿existe alguna forma de vender mis tierras, habiendo previamente extinguido el contrato?
Muchas gracias de antemano, espero que haya alguien que me pueda ayudar.
Hola Alonso. De antemano te digo que no soy un experto en esta materia. Considero que se trata de un arrendamiento celebrado a partir de la entrada en vigor de la Ley de 4 de julio de 1995, de Modernización de Explotaciones Agrícolas y que por lo tanto tiene una duración mínima de 5 años. Pues bien,, en este caso, el arrendador podrá recuperarla finca al término del plazo contractual, sin sujeción a ningún requisito, SALVO el de notificarlo fehacientemente al arrendatario, al menos con 1 AÑO DE ANTELACIÖN. Si el arrendador no ha recobrado la finca conforme a lo señalado, se entenderá el contrato tácitamente prorrogado por tres años y así sucesivamente, pudiendo ejercitar al término de cada prórroga el derecho de recuperación, previa la notificación establecida. Y el arrendatario podrá dar por extinguido el contrato al término de cada año agrícola, notificándoselo al arrendador con 1 año de antelación.No desesperes, puedes llegar a un acuerdo con el arrendatario( si es majo) y resolver el contrato de mutuo acuerdo.
Por otra parte, la ley contempla varias causas de resolución del contrato a instancias del arrendador como por ejemplo: falta pago renta, subarrendar, ceder o subrogar, causar graves daños a la finca con dolo o negligencia, perder el arrendatario su condición de profesional de la agricultura,...
Un saludo.