Y sobre los gastos extraordinarios planea -como sobre todos los gastos cotidianos- la crisis económica. Habrá que plantearse que no se pueden seguir pagando las clases de ballet, equitación, todo tipo de deportes, actividades lúdicas, etc. No se puede llegar con una notita para que el padre no custodio pague un 50% de actividades que no le han sido consultadas en muchos casos y con las que no está de acuerdo en muchos otros. Muchas madres custodias dejan a sus hijos a la salida del colegio en este tipo de actividades para alargar la jornada escolar y poder recogerlos a la salida de sus trabajos. Conozco muchos casos así. Los padres no custodios tienen que pagar los alimentos de sus hijos; la hipoteca del piso en que viven sus hijos, las madres custodias y, en muchos casos, los novios de esas mamás que gorronean sin el menor decoro; la pensión compensatoria de sus ex; su propia habitación en la que pernoctar; sus alimentos, etc. No podrán seguir pagando esos gastos extraordinarios si no son verdaderamente necesarios. Los jueces no pueden seguir exigiendo esos pagos en muchas ocasiones totalmente caprichosos y no consensuados entre padre y madre.
anais, te equivocas, la madre custodia es quien administra los aportes hacia los niños vengan de donde vengan y como mejor le parezca ¡estaría bueno!
Estoy de acuerdo en que después de una separación hay que hacerse cargo de que la vida baja de nivel para todos, no hace falta apuntarles a clases de equitación, y 5 cosas más, con una para cada hijo es suficiente, los míos solo van a futbol y después se apuntan a los campeonatos o liguillas locales, sin más.
Pues mira, Esmeralda, para eso no hay nada como ponerse en la otra parte y ser la que paga la pensión de alimentos, como es mi caso. Y te aseguro que sé en qué se reparte cada euro que aporto (que la patria potestad compartida sirve para algo, no para que haga bonito en la sentencia) y se paga religiosamente a medias todo lo que se salga de lo ordinario. Lo que sí que estaría bueno es que sólo se esté para pagar y no para recibir. ¿O es que es correcto que si el estado te da una ayuda de casi 120 euros la mamá se la embolse íntegra?
Mucho poner a los niños por delante pero a veces lo que va por delante es el bolsillo.
Si, lo legal es lo legal, el dinero lo admnistra la madre custodia y es lo mejor. Y nada de dar cuentas a nadie, que las den ellos de todo lo que esconden en forma de planes de pensiones, eso si k es ser sinverguenzas. no sé si eres padre no custodio pero desde luego hace falta ser miserable para pensar como tu
Soy madre no custodia, por si no se nota. A ti te parecerá miserable y a mí me parece normal. Tampoco voy pidiendo facturas de cada cosa que se paga, simplemente estoy al día de todo lo que se refiere a mis hijos.
Y por mi parte fin de la discusión, que para recibir insultos mejor me voy a Operación Triunfo.
Me parece vergonzoso,
donde esta el moderador??????????????
o es que no lee los insultos.
Que verguenza,
asi pasa lo que pasa que hace 1 semana que faltan forer@s de los buen@s.
Sin desmerecer al resto de los foreros que no insultan pero dan su punto de vista en este post.
zoraida en el convenio regulador se contemplan los libros como gastos extraordinarios expresamente? si pone expresamente que los libros eran gastos extraorinarios debereis abonar el 50% lo que no se es si despues de descontar las ayudas que reciba (que seria lo mas logico) o no, de todos modos te recomiendo que pidais facturas de todo lo que se os pida como gasto extraordinario y te lo digo por la experiencia que hemos tenido ya que la madre de los niños le pedia al padre que pagara cosas que no existian, hasta que un día se me hincharon los ovarios y empece a pedir facturas y se termino el pedir porque o pedia factura o justificante en mano o ya podia ponerse hojas porque no le pensabamos pagar ningún arreglo mas que con pagarle las fundas de los dientes ya fue suficiente y mientras ella se ponia fundas su hijo no habia pisado un dentista y cuando lo hemos llevado nosotros resulta que tiene 5 o 6 caries y su madre no le quiere pagar nada del dentista.
ALNAAAAAAAAA aún sigues leyendo a quien no debe ser leida???? pasa de ella!!!
en el convenio se limitan a decir que los gastos extraordinarios seran abonados al 50% pero nada más.
De hecho no sabemos exactamente como calcularon la pensión de alimentos, pues jamas hemos visto como llegaron a la cifra a pagar.
Gracias por vuestra ayuda.
En mi caso particular, las becas que he recibido hasta el momento nos han servido a mi y a mi ex para ahorrarnos un pellizco, la ayuda entiendo que es para mis hijos y por tanto, si de pagar 300 euros de libros, pasamos a pagar 170, pues el ahorro es para ambos.
Tengo una duda que tal vez alguien enetendido en el tema me pueda aclarar. Este curso que ha pasado se ha implantado por primera vez el uniforme en el colegio. Ello me ha supuesto un desembolso de más de 1000 euros en el mes de octubre - solo de uniformes - y mi ex dice que es un gasto que él no tiene al que hacer frente. Yo entiendo que es absolutamente extraordinario y creo que debe de pagar la mitad. ¿Alguien me puede razonar su posición?. No os imagináis lo duro que ha sido pagar semejante cantidad a la que nunca había hecho frente antes.
zoraida según nos dijo la abogada si en el convenio regulador no pone expresamente que el material escolar y los libros seran al 50% se entiende que dicho gasto esta incluido en la pensión alimenticia yo no lo sabia y durante unos años cuando la ENTE de mi pareja nos pedia dinero para libros se lo dabamos (y resulta que entre libros que le daban y ayudas que pedia los tenia gratis, con razón cuando yo le decia que me diera la lista que se los compraria a una amiga que tiene una libreria y me hacia un 50% de descuento me decia que no).
No puedorrrrrrr
has visto el post de david lo que me dedica la mala persona ente y el post de hayden como osa insultarla ,luego es ella la maltratada psicologicamente ,me parto no será que ella era la maltratadora ??
crees que algun psiquiatra la podria ayudar???
que pena que una mujer de 40 y ...... Este tan mal e infeliz para tener q establecer conversaciones aunque sea con peleas e insultos hacia los demas.
Quizas pq esto ha sido su tonica de vida y despues hacerse la victima, creo q si que hay q tenerle compasión pero como persona no como mujer.
alna lo que llegue a leer fue para mi suficiente para hacerme una idea de su triste vida y de cuales son las causas de su amargamiento y por tanto odio hacia otras personas y paso de darle audiencia a quien carece de interes para mi.
he hablado con nuestra abogada y me ha comentado que tienen la consideración de gastos extraordinarios todos aquellos gastos cuya periodicidad sea anual o semestral, es decir, que a pesar de que en nuestra sentencia no se detalle una relación de gastos extraordinarios, los libros, material escolar de inicio de curso, matrícula... tienen la consideración de extraordinarios.
En cambio, Audiencias como la de Barcelona y asociaciones de padres y madres separados mantienen que no tienen dicha naturaleza.
No he encontrado jurisprudencia al respecto.
¿Alguien podría orientarme?
Pues de tener tal consideración, no comprendo que incluye "educación" en la pensión de alimentos, con carácter ordinario.
Gracias anticipadas a todos por vuestra atención.
Hola Zoraida, efectivamente ese criterio no es el habitual, hay que tener en cuenta que las matrículas, libros y demás, por más que sean gastos anuales, son previsibles y está claro el momento en que se van a efectuar y su cuantía. El ejemplo típico de gastos extraordinarios son las gafas o las ortodoncias, que normalmente no es posible prever cuándo van a producirse. Un saludo.
Estoy de acuerdo con Anais38. Los libros de texto, matrículas, etc...son gastos ordinarios que tenían que haberse previsto para fijar la pensión de alimentos, ya que son gastos que son fijos y previsibles.
Gastos extraordinarios son aquellos que no tienen periodicidad prefijada y de dificil previsión y siempre tiene que comunicarse a la otra parte, sino no pueden reclamarse.
A nosotros zoraida la abogada nos dijo que ese gasto se entendia como previsible y por tanto estaba incluido en la pensión alimenticia y que por ese motivo tambien se pagaba la pensión los meses que el menor estaba con el padre no custidio ya que era una manera de hacer una provision de fondos para tal fin.
Por si a alguien, como nosotros, necesita de información jurídica documentada y puede servirle de ayuda: en un fallo de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª). Auto núm. 36/2002 de 15 febrero JUR200351988, se da la consideración de GASTO ORDINARIO, es decir, incluido en la pensión de alimentos a los LIBROS ESCOLARES y se hace mención de otra resolución anterior en la misma línea.