El jueves tengo mi primera vista de un procedimiento ordinario, se que se pratica la prueba y posteriormente se exponen las conclusiones, pero alguien me puede indicar como funciona el acto, como empieza quien habla primero, si hay que decir algun formalismos, etc, etc... ( yo voy de demandado).
Primero el juez dará la palabra a la parte demandante quien se ratificará en su escrito de demanda y después al demandado que lo hará en su contestación,
después se practicarán las pruebas propuestas y admitidas en la audiencia previa, interrogatorios, testificales, periciales, etc. y finalmente el trámite de conclusiones, algunos prefieren que éste sea rápido y conciso, sin mucho rollo.
Si la otra parte trata de presentar algún documento nuevo, puedes oponerte ya que con excepciones, deberían haber sido aportado con la demanda.