Primero el juez dará la palabra a la parte demandante quien se ratificará en su escrito de demanda y después al demandado que lo hará en su contestación,
después se practicarán las pruebas propuestas y admitidas en la audiencia previa, interrogatorios, testificales, periciales, etc. y finalmente el trámite de conclusiones, algunos prefieren que éste sea rápido y conciso, sin mucho rollo.
Si la otra parte trata de presentar algún documento nuevo, puedes oponerte ya que con excepciones, deberían haber sido aportado con la demanda.
El jueves tengo mi primera vista de un procedimiento ordinario, se que se pratica la prueba y posteriormente se exponen las conclusiones, pero alguien me puede indicar como funciona el acto, como empieza quien habla primero, si hay que decir algun formalismos, etc, etc... ( yo voy de demandado).