Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente.
Mi padre reside en una casa que heredó hace mas de 8 años.
El problema es que sólo heredó la mitad de la finca, ya que la otra mitad pertenecía al cónyuge de el familiar que dejó su parte a mi padre.
El cónyuge de ella no dejó testamento, y todos sus bienes pasaron a sus herederos y familiares (que viven fuera de España)
El caso es que mi padre a pesar de vivir y pagar contribución de esa propiedad,no puede vender ni alquilar esa casa.
¿Sería correcto realizar un expediente de dominio para poder quedarse con la propiedad?
¿Es posible? o hay alguna otra forma de hacerlo?
Muchas gracias de ante mano.
saludos
un expediente de dominio se utiliza para inscribir en el Registro de la Propiedad un inmueble a nombre de alguien. Pero eso ya estará hecho y esa finca constará la mitad a nombre de tu padre y la otra mitad a nombre del resto de herederos.
¿Quién dice que no puede vender o alquilar? Sí puede, pero sólo podrá vender su parte, y alquilar lo mismo, salvo que disponga de autorización del resto de propietarios. En ese caso, puede alquilar el 100% de la vivienda pero tendrá que dejar apartado el 50% de la renta que le corresponde a los otros propietarios.
Lo que puede hacer tu padre, si quiere quedarse con el 100% de la vivienda es comprar su parte a los otros herederos, que si viven en el extranjero quizá hasta les convenga.