Segun parece tengo hermanos no reconocidos por parte de mi padre, y me enteré por una persona de confianza que tienen intención de que cuando mi padre muera de reclamar la paternidad para heredar. ¿Es esto posible? . Me parece que tienen apellidos del padre adoptivo. Yo no estoy en contra de que reclamen sus derechos; pero que lo hagan en vida de mi padre, no una vez que se muera solo para heredar. ¿Me puede dar alguien información sobre este tema?
Pero yo no es por lo que se lleven llegado el caso. Es por si lo pueden hacer legalmente; porque entonces me queda a mi el marrón cuando le corresponde a mi padre correr con esa responsabilidad, y exigirselo ellos (mis hermanos) a El (mi padre) y no venir después de aves de rapiña.
yo diria que es mejor que hables con un abogado que te informe bien sobre eso de la herencia. Hay muchos factores.... edad entre vosotros, bienes, dinero ... si tu padre tiene un testamento depende cuando se conseguiron los bienes... son muchas cosas y te aconsejo que busques ayuda legal.
un saludo
Lo normal sería que los supuestos hijos iniciaran un expediente de reconocimiento de paternidad, lo que en principio es más fácil mientras su padre esté vivo.
Sabi,
Difiero con usted sobre que depende cuando se consiguieron los bienes, la herencia que causa una persona es la de los bienes que poseaen el momento de su fallecimiento,independientemente de cuando se consiguieron los bienes -dejando a salvo alguna donación susceptible de revocación, por alguna causa legal-
opino lo mismo que txemi.ya les seria dificil que una vez adoptados le reconozca su padre biologico en vida......ya fallecido sera todavia mas dificil.
al haberles adoptado tiene la patria potestad el padre no biologico, por lo tanto la herencia sera de el.