Por favor, alguien sabe si se contempla como excepción , en Sevilla, en el actual cierre perimetral la firma de medidas o debo hacerla en mi lugar de residencia??? Por favor, que alguien me conteste
Si no le contesta nadie es porque seguramente nadie sepa la respuesta. Lo suyo es un caso muy concreto que no se puede contestar a la ligera pues no es una situación genérica. Si tiene dudas lo más sencillo es preguntar en el juzgado donde esté realizando las firmas y ellos le indicarán mucho mejor que un foro.
Gracias por su respuesta.
En las excepciones a la movilidad en Sevilla tal como lo ha publicado el BOJA pone
Actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales, no se si exactamente se puede referir a esto la firma de medidas cautelares .