Buenos días,
El caso es que estoy de baja por enfermedad, la cual cubre la mutua, desde el 2 de Octubre y a fecha de hoy 7 de Noviembre no me han pagado mi salario.
Además el contrato se me termina dentro de 18 días, y no creo que me paguen ni el Finiquito, (solo he disfrutado 10 días de vacaciones de 30 que me corresponden) el jefe después de muchos intentos por hablar con el, por fin ayer lo conseguí, pero el me ha dicho que no tiene dinero y que me ingresara lo que pueda y cuando pueda.
Yo estoy mal y por eso estoy de baja, pero necesito el dinero y claro no se que hacer.
Agradecería ayuda, es muy urgente.
Agradeceros de antemano la atención prestada, y felicidades por este foro.
En caso de Contingencia Común, el trabajador/a
- No cobra Nada entre el 1o y 3o día de baja
- El 60% de la base reguladora entre el los días 4
y 20 de baja.
- El 75% a partir del día 21 de baja.
La prestación corre a cargo del empresario hasta el día 16 de baja, y a partir del mismo, se hará cargo la Entidad Colaboradora de la Seguridad Social /o Mutua. De ahí, que sea habitual que a partir del decimosexto día de baja cuando las Mutuas empiezan a realizar los controles médicos para comprobar si el trabajador/a debe continuar o no de baja.
Por negociación colectiva se puede establecer la mejora del 100% del salario desde el primer día, por ambas contingencias.
- La forma de calcular la Incapacidad Temporal: como las demás prestaciones, suele ser más beneficiosa en las contingencias profesionales que en las comunes.
- Si la contingencia es profesional, además, proporciona una buena base para solicitar una posible declaración de Incapacidad Permanente, así como indemnizaciones por posibles incumplimientos empresariales de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
Cuando un trabajador no puede realizar su trabajo por razones de salud debidas a un accidente o enfermedad que NO se deriva del trabajo, la IT será por Contingencias Comunes.
Desde 1995, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social están autorizadas para realizar la gestión de la prestación económica por la Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes, para realizar controles sanitarios con sus propios medios, así como otras actuaciones sanitarias.
Para que esta gestión se produzca, el empresario ha de solicitarlo únicamente a la mutua con quien tiene cubiertas las contingencias profesionales, concertándolo por escrito, y Previa Consulta a los representantes de los trabajadores/as.
En 1997 se introduce la capacidad de propuesta de alta médica por parte de los médicos de las Mutuas y el procedimiento para que éstas pudiesen realizar exploraciones complementarias, pruebas diagnósticas e incluso intervenciones quirúrgicas.
Buenos días Trola y gracias por tu tiempo.
Agradecería me guiases un poco y me dieses tu consejo.
si voy a denunciar el caso, ante la inspección de trabajo, por incumplimiento del pago delegado por parte del empresario por incapacidad temporal, y con esto lo presento en la mutua, y solicito el pago directo.
¿ La mutua se hace cargo de pagarme desde que comencé la baja?
Por lo del finiquito........
¿ Que te parece, presentar una papeleta de ante el smac y denuncia ante la inspección de trabajo?
Solicitando la la extinción del contrato de trabajo por justa causa o incumplimiento de las obligaciones del empresario, por lo que me daría derecho a una indemnización equivalente a un despido improcedente.
En caso de que lo veas oportuno, cuando puedo presentarlas, ya que el contrato se me termina dentro de 17 días.
yo estuve de baja y no me pagaron durante muchos meses, pedi el pago directo a la seguridad social por imcumplimiento patronal, pero si tu estas por la mutua seran ellos los que tienen que pagarte,no???le has comentado a la mutua porque no te pagan ellos??
eso es un tema , el de la finalizacion de contrato es otro, primero te tienen que avisar con 15 dias de antelacion, sino lo hacen ,,por cada dia de retraso te lo tendrian que pagar ,por falta de aviso, te tienen que pagar todo lo que te aduden, vacaciones, paga extras ( la parte proporcional y los dias de vacaciones no disfrutados ), si enel finiquito te ponen una cantidad en la que no estas de acuerdo, firma poniendo no conforme, luego podras poner una Reclamacion de Cantidades, en la que te tendran que abonar todo lo que te hayan dejado de pagar durante los ultimos 12 meses.
La mutua es la que se tiene que hacer cargo del pago entiendo yo, por que tiene concertada la cobertura por c.c. (Enfermedad) con la empresa, y como no me paga la empresa,,, pues la mutua me dice, que lo demande ante la inspección de trabajo por incumplimiento del pago delegado por parte del empresario y que ellos ya se lo descontaran a el.
Pero yo no se si fiarme mucho, por que alomejor después de denunciarlo no me paga ni la mutua ni el empresario.....
Estoy hecho un lío.
No se si demandar o esperar a que se me termine el contrato y después demandar ya que me quedan 20 día de contrato.
En primer lugar pregunta al empresario si tiene cubierta las contingencias comunes con la mutua.
Para que esta gestión se produzca, el empresario ha de solicitarlo únicamente a la mutua con quien tiene cubiertas las contingencias profesionales, concertándolo por escrito, y Previa Consulta a los representantes de los trabajadores/as.
Si esto fuese así, es la mutua responsable del pago.
lo que te ha dicho la mutua es verdad...tienes que denunciarlo , a la inspeccion de trabajo ya que no es accidente laboral, es por enfermedad comun, con la denuncia , vas a la mutua y ellos te tendran que abonar , dewspues de rellenar el papeleo, luego ellos ya actuaran contra la empresa, no pierdas el tiempo, contra antes lo hagas antes cobraras...tu mismo
Muchas gracias Bernabiel,
Esperare hasta el lunes maximo, en caso de que no me pague antes procedere a denunciarlo, Creo que ya le he dado bastantes oportunidades.
Yo antes de denunciar pediría el pago directo a la mutua o al INSS.
En el caso del finiquito, hasta que no re despidan, tampoco debes ejercer acciones legales.
Trola, eso es lo que pensaba yo, pero resulta que la Mutua me ha dicho que para que me puedan pagar ellos,tengo que denunciarlo ante la inspección de trabajo por "Incumplimiento del pago delegado por parte del empresario" y después con la denuncia rellenar un papel de la mutua solicitando el pago.
El caso es que no se......
Si espero a que se me termine el contrato la Mutua después me pagara, lo que no me haya pagado el empresario o solo me pagaran a partir de la fecha de finalizacion, con lo que estoy hecho un lío.
Es que solo me faltan 16 días para finalizar el contrato.
Tu no tienes que estar denunciando a unos y a otros, si no te paga el empresario, solicita directamente el pago directo a la mutua, qque para eso esta contratada por el empresario y colabora con el INSS.
en caso de no pagarte la mutua, pide pago directo al INSS, y que se apañen entre ellos.
Cuando te tenga que pagar el INSS, ya veras como espabila la mutua.
Amigo Rompe, te vuelvo a reiterar que solo es una opinión, fuera de esta opinión haz lo que tengas que hacer
Entonces voy a la mutua y si allí no me aceptan la solicitud del pago directo sin denuncia, solicito el pago directo por el INSS y que ellos se apañen.
Meditare esta noche otra vez, pero en un principio le doy de plazo hasta el domingo, si el lunes no tengo el dinero ingresado voy a por quien sea.
De momento a ver si hay algún otro comentario entre los foreros que pueda solucionarte el problema sin tener que estar de un lado para otro denunciando a diestro y siniestro.
Trola para pedir el pago directo, ya sea a mutua o al inss, te exigen la pertiinente denuncia a la empresa, yo he pasado este 2012 por eso,la mutua paga mucho mas rapido que el Inss, yo cobre en agosto y estaba desde enero sin cobrar.
Tambien comentarte otras cosillas Rompe, si la empresa no te paga, no esperes a que el jefe te diga si vas a seguir o no, directamente cuando falten los 15 dias vas al jefe y le dices que si lo vas a denunciar por no pagar , vas de frente y ES LO MEJOR, me explico:
al denunciarlo seguro que el jefe no te renueva, MUCHO MEJOR,si no te paga, tendrias derecho a paro, eso si como minimo 4 meses, pero mejor eso que no te pague.....la mutua se tiene que hacer cargo desde el dia de la baja hasta fecha de finalizacion de contrato....al ser baja por contingencias comunes si sigues de baja , te empezaria a restar el paro.
Si no te paga el finiquito o no es la cantidad que crees que te pertenece, haces la pertinente denuncia a la empresa de RECLAMACION DE CANTIDADES, ( acuerdate de poner , NO CONFORME, EN EL FINIQUITO SI NO ES LO QUE ESPERAS ).
Y para acabar , si te diesen el alta antes de la finalizacion de contrato, auque no te paguen tienes la obligacion de ir a tu puesto de trabajo, ya que si faltas 3dias seguidos te podrian despedir procedentemente y perderias el derecho al finiquito y al paro.
Buenos dias Bernabiel, @ las 6 de la mañana y despierto sin poder dormir.......
1 - ¿Cuanto tiempo tardo en pagarte la Mutua una vez iniciaste la denuncia, y te pago desde que te dieron la baja todo?
2° Yo no se si tengo derecho a paro, por que resulta que aunque hago un año en la empresa, hace 1 año y medio he estado de baja por contingencias comunes 18 meses y despues pase el tribunal medico (IVE) y me reconicieron una imcapacidad total para mi profesion, la que nunca llegue a cobrar por que era de tan solo 490 € y yo con eso no vivo, ademas tengo reconocido el 33% de Minusvalia, por eso despues de hacer la comunicacion al INS de que empezaba a trabajar, y no percibi nunca ni un solo € de la pension.
¿La Mutua puede ponerme pegas a pagarme la baja la hora de terminar el contrato por que ya tengo reconocida la pension, o se tiene que hacer cargo segun las ultimas cotizaciones de los ultimos 6 meses?
Gracias.
P.D. , hoy voy a ir hacer algunas averiguaciones a los organismos competentes:
1º Mirar en el INEN si tengo derecho a paro.
2º Ir a la Mutua y exponerles mi caso, aunque ya se que me van a decir, que lo denuncie.
3º Ir a la seguridad social a pedir certificado de cotizaciones e informe de vida laboral.
4º Pasarme por el servicio de mediación y arbitraje para que me den una papeleta de conciliación y me expliquen que pasos debo seguir en caso de reclamar cantidades y incumplimiento de la obligación del empresario.