Resulta que en mi Comunidad que ahora soy el presi me he enterado que no hay Estatutos y aunque no sea algo vital, quiero hacer un pequeño estudio de como quedaria la cosa...
Hola Alex. Según Loscertales, "SI NO tener Estatutos mejor que mejor, todo hacerse según Escrituras de División Horizontal o L.P.H. Como ya sabrás" (para eso eres médico forense), los Estatutos contienen, digamos, los acuerdos tomados por la Junta, modificando los menesteres y normas de comunidad.
He intentado buscarte modelos de Estatutos pero NO lo he conseguido (Había que pagar, y yo, NO poder).
NO obstante si te encuentro algo, te lo copio. ¡Palabra! (soy especialista en ello)
muchas gracias maria rosa por tu dedicacion, pero en principio si queremos hacer estatutos, espero que no necesites de mis funciones porque no seria una buena noticia, pero si por desgracias es asi te atendere gustosamente....
Pregunta: Doctor, ¿cuántas autopsias ha realizado usted sobre personas fallecidas?
Respuesta: Todas mis autopsias las realicé sobre personas fallecidas.
Pregunta: Cada una de sus respuestas debe ser verbal, ¿de acuerdo?. ¿A que escuela fue usted?
Respuesta: Verbal. (Risotadas y comentarios jocosos en la sala)
Pregunta: ¿Recuerda usted la hora a la que examinó el cadáver?
Respuesta: La autopsia comenzó alrededor de la 8:30 p.m.
Pregunta: ¿El Sr. Pérez Tomilla estaba muerto en ese momento?
Respuesta: No, estaba sentado en la mesa preguntándome por que estaba yo haciéndole la autopsia. (El Sr. Juez tiene que imponer orden en la sala, el alboroto es tremendo, se escuchan carcajadas por todas partes)
Pregunta: Doctor. ¿Antes de realizar la autopsia, verificó si había pulso?
Respuesta: No.
Pregunta: ¿Verificó la presión sanguínea?
Respuesta: No
Pregunta: ¿Verificó si había respiración?
Respuesta: No
Pregunta: Entonces es posible que el paciente estuviera vivo cuando usted comenzó la autopsia?
Respuesta: No
Pregunta: ¿Cómo puede usted estar tan seguro, Doctor?
Respuesta: Porque su cerebro estaba sobre mi mesa, en un tarro.
Pregunta: ¿Pero podría, no obstante, haber estado vivo el paciente?
Respuesta: Es posible que hubiera estado vivo y ejerciendo de abogado en alguna parte.
(COLECCIÓN DE PREGUNTAS Y REPUESTAS HECHAS EN JUICIOS. SON TOTALMENTE VERÍDICAS. Se han publicado en la revista que edita el Colegio de Abogados de Madrid. Sin duda la mejor es la última.)
La cuestion de estatutos no es el modelo.
Para que unos estatutos tengan valor legal han de estar inscritos en el Registro.
Para ello ha de llevarse una escritura o protocolo notarial con el acuerdo de unanimidad comprobado por el Notario con la conformidad y firma de todos y cada uno de los propietarios, con su DNI y escritura de propiedad.
Una vez en el Registro los estatuos quedan vigentes.
Otra cosa sería un proyecto de estatutos.
Si alguien lo ha visto.....
Alex en "Modelos Estatutos Valcap.es" (Googles) tienes todo lo que necesitas, y ¡¡¡GRATIS!!!.
Hola Sidi, decirle, ahora que tengo la oportunidad, que, cuando me inicié en este foro como “ignorante” (lo sigo siendo), Vd. me fue de gran ayuda, especialmente en cuestiones de “cuotas de participación”.
Como es de bien nacidos ser agradecidos, pues eso: le estoy muy agradecida.
CONVOCATORIA Y ACTA DE APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
Convocatoria
Como Presidente de la Comunidad de Propietarios, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, le convoco a la Junta (Ordinaria o Extraordinaria) de la Comunidad que se celebrará el próximo día ….. a las ….. horas en primera convocatoria y a las (media hora mas tarde) horas en segunda convocatoria, en la sala de reuniones de la Comunidad sita, en el edificio de la calle…………. Nº……… de la población………… a fin de tratar el siguiente orden del día.
ORDEN DEL DIA
Punto 1º.- Aprobación, si procede, de los estatutos de la Comunidad, que se adjuntan con esta convocatoria.
Fdo. El Presidente
A los efectos previstos en el artículo 15.2 y 16.2 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, le informo que, hasta la fecha de la convocatoria de la Junta, se encuentran pendientes de cobro a fecha ( poner día y mes) las siguientes cantidades correspondientes a la fincas que se indican
Relación de morosos (poniendo cantidad total de cada uno y los recibos individualmente con sus respectivas cantidades).
En el caso de que los propietarios de las referidas fincas, al inicio de la Junta, no hubieran acreditado suficientemente el abono de las cantidades indicadas, no haber efectuado la impugnación de las mismas, o procedido a la consignación judicial ó notarial de la cantidad adeudad, se le advierte que podrán participar en las deliberaciones, si bien no tendrán derecho a voto.