No tenga ni la menor duda de que tienen que otorgar escrituras e inscribirlas en el registro de la propiedad, pozos incluidos, así como cursar el alta en el catastro. No hay un plazo para dividirse la herencia, pero si no la organizan ahora entrarán en una fase temporal muy destructiva, pues hay que concluir diligentemente los propios asuntos. En cuanto al legado, habría que ver el testamento: a veces sí puede firmar el heredero, otras veces un albacea y, en fin, hasta el propio legatario.
Buenas tardes, resulta que mi madre quiere escriturar dos testamentos en la que es legataria, es obligatorio hacer escrituras?Hay un plazo para hacerlas?Necesita la firma del heredero universal (su hermano) para hacer las escrituras? (Su hermano ya sacó dinero de la herencia y después mi madre también y él ya puso algunos impuestos de una casa para que los pague mi madre).
El hermano de mi madre y mi madre tienen dos pozos al 50% según esas herencias y llegaron a un acuerdo para repartir esos 2 pozos y para que cada uno tenga el suyo. Sería obligatorio hacer antes las escrituras de los legados mencionadas anteriormente?
O este trámite de escriturar puede dejarse para más tarde o incluso no hacerse las escrituras y disfrutar del legado igual y asignar los pozos formalizando simplemente el acuerdo mutuo?.
Muchas gracias.