Buenos días, mi marido está a punto de aceptar en notaría una herencia de una tia entre sus hermanos y el. El resto de hermanos quiere quedarse con un inmueble y él quiere salirse de ese condominio. Tras varios encontronazos han accedido a comprarle su parte y hacer extinción de condominio de esa casa ya en la parte dispositiva de esa aceptación. Ellos dicen que no tienen dinero, y pretendían hacerlo a posterior, mi marido le ha notificado a la notaría que debe ser a fecha de la firma, eso como se suele realizar? A fecha de la firma tener un talón, una transferencia o cómo? Es la primera vez que nos vemos en esta situación y estamos bastante perdidos. Muchas gracias por adelantado. Un saludo.
Sus cuñados ya le han dicho que no tienen dinero, por lo que la extinción de condominio solo podrá hacerse a través de una subasta voluntaria, a no ser que su esposo acepte un pago diferido. La aceptación de herencia no tiene nada que ver con futuras transacciones sobre la masa hereditaria aceptada. Quedará cada hermano con una tercera parte y, si no llegan a un acuerdo, pueden subastar la vivienda en notaría.