Hola, vamos a comprar un terreno rústico escriturado como terreno más vivienda.
Nos ha dicho el ajuntamiento que si presentamos la documentación se legalizará cómo urbano.
¿Si al comprarlo lo escrituramos como rústico y después pasa a ser urbano se debe volver a escriturar?
Gracias
Si no esta dada de alta en catastro la legalizacion se referira la IBi, y en caso de que fuera el terreno urbanizable el agente urbanizador se encarga de la legalizacion y reparcelacion de los terrenos con el gasto incluido en la misma
Los terrenos rústicos, por mucha documentación que se presente no se transforman mágicamente en urbanos, ya que para ello se requiere un proceso administrativo y urbanístico.
En todo caso, y si fuera URBANIZABLE deberá ser, y valga la redundancia, ese terreno urbanizado, previo pago de las cargas urbanísticas a cada uno de los propietarios de los predios a urbanizar.