La situacion es: Casa propiedad al 50% de mis padres, en Barcelona y en regimen de gananciales y tres hijos como herederos legitimos.
Por casualidad me entero de que mi padre en su testamento a dispuesto que a su fallecimiento mi madre se vaya a vivir con uno de los hijos, la casa sea vendida y con el mismo repertir de este modo:
El total será dividido entres partes, una para cada hijo y una tercera parte de lo que corresponda a uno de ellos sera para una nieta.
Mis preguntas son:
1º ¿Puede mi padre disponer del 50% que es de mi madre o solo de su parte de la casa?
2º ¿Puede obligar a uno de los hijos a que de la parte que le correspondiese cediese una tercera parte a una hija (nieta de mi padre).
3º ¿Puede mi padre obligar a mi madre a que se vaya de la casa para venderla, si mi madre ya es propietaria del 50% de la misma?
Agradecería opiniones para si se puede intentar evitar en el futoro problemas que seguro saldrían entre los herederos
Yo supongo que aparte de ser propietaria del 50% actual ,tambien lo sería de la parte que le correspondiese del resto y ademas sería usufructuaria del piso mientras viva.
Se me olvidaba decir que mi madre no tenía ni idea de ese testamento y que no está de acuerdo en abandonar la que es su casa desde hace mas de 53 años para ir a vivir a casa de ningun hijo.
Gracias por vuestra ayuda.
Su padre puede hacer testamento y dejar sus bienes como tenga por conveniente, siempre que respete las legítimas.
El piso al que se refiere, si es propiedad común de él y de su madre, el no puede decidir unilateralmente el destino del mismo, lo que sí puede hacer es solicitar la extinción del proindiviso -la vivienda-.
En cuanto a sus hijos, obligatoriamente ha de respetar las legítimas, salvo que concurra en alguno de ellos causa legal de desheredación y así lo especifique en el testamento; en cuanto al tercio de libre disposición puede dejarlo a quien tenga por conveniente.
Como dije anteriormente mi madre NO esta dispuesta a dejar SU CASA mientras viva, pero parece ser que mi padre lo dispone así sin contar con la voluntad de ella.
Y para solicitar la extinción del proindiviso, necesariamente tendria que ser firmado por ella ¿no?.
En cuanto a los hijos NO hay causa legal para desheredar a ninguno de ellos.
En caso de que el no modifique esas disposiciones, ¿que debería hacer mi madre para seguir siendo propietaria de su parte de la casa, hasta su fallecimiento?.
Este modo de proceder de mi padre viene de hace muchisimos años atras, ya que ella tenia (por herencia de sus padres) de muchas tierras y algunas casas en Andalucia y él poco a poco le fue haciendo desprenderse de todo ello para poder disponer el a su antojo del dinero obtenido por ello.
El ordeno y mando fué siempre su manera de entender el matrimonio, pero querer que deje su propia casa y obligarla a cambiar su vida a estas alturas me parece excesivo.