Hola, tengo una duda sobre si es necesario presentar y liquidar el modelo 655 sobre consolidación de dominio, referente al usufructo que tenía mi madre sobre la herencia de mi padre..
En 2011 falleció mi padre y se presentó el modelo 650 sobre impuesto de sucesiones, a repartir entre los 3 hijos y un 12% que correspondió a mi madre de usufructo, no se hizo partición.
Hace unos meses murió mi madre y tenemos la duda de si es necesario presentar el modelo 655 para liquidar la extincion del usufructo que ella tenía reconocido, ya que de momento tampoco se va a hacer partición de la herencia, volveremos a presentar el modelo 650, pero de momento no vamos a hacer acuerdo particional, ni ninguna escritura pública.
He preguntado en la oficina liquidadora que me corresponde y me han dicho que sí tenemos que presentarle, pero en la notaría de mi pueblo nos han dicho que no, que no es necesario si no vamos a hacer la partición de la herencia no necesitamos consolidar nada.
También se que el plazo del impuesto es de 6 meses desde la fecha de la extinción en este caso el fallecimiento del usufructuario.
Alguien conoce mejor esta situación, que por otra parte creo que debe ser comun.